ACUERDO GUBERNATIVO 151-2019
Se Acuerda Derogar El Acuerdo Gubernativo No. 307-87, De Fecha 29 De Abril De 1987.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 151-2019
Guatemala, 12 de agosto de 2019
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO
Qué, en Acuerdo Gubernativo No. 307-87, de fecha 29 de abril de 1987, se creó el Programa de Alimentación y Nutrición Escolar y la Dirección de Alimentación y Nutrición Escolar del Ministerio de Educación, la cual estuvo a cargo del referido programa. Con fecha 15 de junio de 1988, se emitió el Acuerdo Gubernativo No. 386-88, que creó la Dirección General de Coordinación de Proyectos de Apoyo, como una dependencia del Ministerio de Educación; señalando en el artículo 2°, literal a), que dicha Dirección absorbería a la Dirección de Alimentación y Nutrición Escolar, regulando la literal c) del Artículo 4° de dicha normativa legal, la integración del Departamento de Alimentación y Nutrición Escolar a la Dirección General de Coordinación de Proyectos de Apoyo y el artículo 10 que modifica el artículo 5 del Acuerdo Gubernativo número 307-87, establece que el Departamento de Alimentación y Nutrición Escolar, dependerá de la Dirección General de Coordinación de Proyectos de Apoyo.
CONSIDERANDO
Que, el Departamento de Alimentación y Nutrición Escolar -DANE- ya no se encuentra en funcionamiento en virtud de haber sido absorbido por la Dirección General de Coordinación de Proyectos de Apoyo, actualmente denominada Dirección General de Participación Comunitaria y Servicios de Apoyo -DIGEPSA-, según Acuerdo Gubernativo número 225-2008 Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación, y como consecuencia dicha dependencia ya no forma parte de la organización interna del Ministerio de Educación, y que el Programa de Alimentación y Nutrición Escolar creado por el Acuerdo Gubernativo número 307-87, fue sustituido por el "Programa de Alimentación Escolar", instituido por el Decreto número 16-2017 del Congreso de la República "Ley de Alimentación Escolar", a cargo del Ministerio de Educación como ente rector, por ello se considera necesario derogar el Acuerdo Gubernativo Número 307-87 de fecha 29 de abril de 1987.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los Artículos 6 y 27 literal j) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo;
ACUERDA
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