ACTA MUNICIPAL  80-2017.2

Reglamento de Regulación e Instalación de Vallas, Rótulos Publicitarios, Propaganda y Análogos en el Municipio de la Esperanza Quetzaltenango.

El Infrascrito Secretario Municipal de la Municipalidad del municipio de La Esperanza departamento de Quetzaltenango, CERTIFICA: Que para el efecto tuvo a la vista el libro de hojas movibles autorizado por la Contraloría General de Cuentas, de Actas de Concejo de sesiones Ordinarias y Extraordinarias en la que se encuentra el acta Número Ochenta guion dos mil diecisiete de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete, en la que en su punto SEGUNDO copiado literalmente dice: SEGUNDO: El Honorable Concejo Municipal CONSIDERANDO: Que los anuncios en las vías públicas se han desarrollado durante los últimos años en el Municipio, al grado de ser necesaria la reglamentación que regule y ordene adecuadamente esa actividad en el Municipio de La Esperanza. CONSIDERANDO: Que existe una ley relativa en la materia, siendo esta La Ley de Anuncios en Vías Urbanas, Vías Extra Urbanas y Similares, Decreto 34-2003, pero la misma no ha sido reformada en la actualidad, por lo que se hace necesaria la reglamentación a nivel municipal de la actividad publicitaria. Ya que el mismo decreto delega la competencia relacionada a la materia a las municipalidades. CONSIDERANDO: Que el Artículo 2o. de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. CONSIDERANDO: Que en los últimos años el desarrollo del Municipio de La Esperanza ha fortalecido la inversión económica en el Municipio y la creación de condiciones adecuadas al comercio, por lo que han proliferado los medios publicitarios, que carecen de una regulación a nivel municipal. CONSIDERANDO: Que los últimos estudios a nivel ambiental y de ordenamiento territorial reflejan la vulnerabilidad del municipio en cuanto a contaminación, debido al crecimiento comercial, se hace necesario e imperativo la regulación del fenómeno publicitario para evitar la contaminación en el municipio. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 224 y 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2 de la Ley de Establecimiento Abiertos al Público, 1, 2, 3, 5,9, 35 Incisos a), b), d), i), y z), 67, 68 inciso d), 72, 142, inciso a) del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República; ACUERDA: Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO DE REGULACIÓN E INSTALACIÓN DE VALLAS,
ROTULOS PUBLICITARIOS, PROPAGANDA Y ANALOGOS EN EL
MUNICIPIO DE LA ESPERANZA QUETZALTENANGO.


CAPITULO I
GENERALIDADES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 5,994 veces.
  • Ficha Técnica: 68 veces.
  • Imagen Digital: 68 veces.
  • Texto: 62 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 4 veces.
  • Formato Word: 4 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu