ACTA MUNICIPAL  49-2015.4

Ordenanza Municipal para la implementación de la Política Pública Local Transfronteriza para la seguridad alimentaria y nutricional.


El Infrascrito Secretario Municipal del
municipio de Asunción Mita del departamento de Jutiapa.

CERTIFICA: Haber tenido a la vista el libro de Actas de Sesiones del Concejo Municipal número veintitrés (23) en el cual a folio trescientos cincuenta y tres (353) se encuentra el acta de sesión ordinaria número cuarenta y nueve guión dos mil quince (49-2015) de fecha 27 de octubre del 2015, en la cual se encuentra el acuerdo que copiado literalmente dice así:

CUARTO: El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: Que según datos del III Censo Nacional de Talla a escolares durante el año 2008 en la República de Guatemala, la situación nutricional del municipio de Asunción Mita, es del 13.2% de escolares con retardo en talla o Desnutrición Crónica. CONSIDERANDO: Que durante el año 2014 el municipio de Asunción Mita fue afectado por la sequía prolongada también llamado fenómeno de "El Niño", acompañado de procesos de desertificación provocando bajos rendimientos en los cultivos, reduciendo así la disponibilidad y acceso a los alimentos en la población. CONSIDERANDO: Que ante ésta situación los gobiernos municipales de El Salvador, Guatemala y Honduras, miembros de la Mancomunidad Trinacional Fronteriza Rio Lempa, que se abrevia MTFRL, siendo facilitadores del desarrollo local y gestión del territorio, promueven la Política Pública Local Transfronteriza para la Seguridad Alimentaria y Nutricional "Hambre Cero", como una alternativa de abordar la problemática en los territorios. Dicha política en el contexto de la presente Ordenanza, se denominará Política "Hambre Cero". CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de Guatemala, preceptúa en el Artículo 99 que el Estado velará porque la alimentación y nutrición de la población reúna los requisitos mínimos de salud. POR TANTO: En uso de las facultades constitucionales y municipales, el Concejo municipal de Asunción Mita y con fundamento en los Artículos 7, 8 Lit. f), y 34 del Código Municipal


ACUERDA:


ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN
DE LA POLITICA PÚBLICA LOCAL TRANSFRONTERIZA
PARA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
"HAMBRE CERO"


TÍTULO I

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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