ACUERDO MINISTERIAL  DRH-1247-2015

Se acuerda crear y otorgar el siguiente: "BONO TRABAJO".

*Queda derogado por el ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DRH-2310-2015


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DRH-1247-2015

Guatemala, 6 de julio de 2015


EL MINISTERIO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO:

Que con fecha 22 de enero de 2015, se suscribió entre la Dirección General de Migración y el Sindicato de Técnicos, Oficinistas y Operativos de la Dirección General de Migración de la República de Guatemala, el nuevo Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo; dicho Pacto fue homologado por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, mediante resolución número 48-2015 de fecha 11 de febrero de 2015.


CONSIDERANDO:

Que en el Pacto relacionado, en el artículo 44, se reguló el beneficio monetario denominado "Bono Trabajo", el cual tiene carácter permanente y debe hacerse efectivo en forma mensual a los servidores públicos que se encuentran prestando sus servicios con cargo al renglón presupuestario cero once (011) "Personal Permanente" de la Dirección General de Migración.


CONSIDERANDO:

Que la Dirección Técnica del Presupuesto, del Ministerio de Finanzas Públicas, mediante dictamen número 219 de fecha 25 de abril 2014, opinó que desde el punto de vista presupuestario, no existe inconveniente para la negociación del nuevo Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, antes citado; asimismo la Oficina Nacional de Servicio Civil, en dictámenes números APRA/2014-II-041 y APRA/2014-II-081 de fechas 28 de agosto de 2014 y 15 de diciembre de 2014, respectivamente, opinó favorablemente al otorgamiento de los beneficios monetarios contenidos en la negociación del Nuevo Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo entre el Sindicato de Técnicos, Oficinistas y Operativos de la Dirección General de Migración de la República de Guatemala y la Dirección General de Migración, del Ministerio de Gobernación, de igual forma la Unidad de Administración Financiera del Ministerio de Gobernación, a través del Dictamen Presupuestario No. D- MINGOB-UDAF-No.028-2015 de fecha 30 de marzo de 2015, manifiesta que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria en los diferentes grupos de gasto y fuentes de financiamiento, por lo anterior es necesario emitir la disposición legal respectiva.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 27, literales a), f) y m) de la ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, 4 del Acuerdo Gubernativo número 635-2007 de fecha 28 de diciembre de 2007; 5, 8 y 17 del Acuerdo Gubernativo número 494-2014 de fecha 30 de diciembre de 2014, que contiene el "Plan Anual de Salarios y Otras Disposiciones relacionadas con la Administración de Recursos Humanos del Organismo Ejecutivo, Entidades Descentralizadas o Autónomas para el Ejercicio Fiscal 2015"; y 44 del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, suscrito entre la Dirección General de Migración, del Ministerio de Gobernación y el Sindicato de Técnicos, Oficinistas y Operativos de la Dirección General de Migración de la República de Guatemala.


ACUERDA:

Crear y otorgar el siguiente:


"BONO TRABAJO"


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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