DECRETO DEL CONGRESO  19-2013

Reformas al Código Tributario, Decreto 6-91, a la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012, a la Ley de Impuesto de Timbres Fiscales y Papel Sellado Especial para Protocolos Decreto 37-92


DECRETO NÚMERO 19-2013


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que el Estado tiene como fin supremo la realización del bien común de los guatemaltecos y que es deber de éstos guardar una conducta fraternal entre sí, lo que los obliga a contribuir a los gastos públicos en forma equitativa, con justicia tributaria y capacidad de pago.


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el régimen económico y social del Estado se funda en principios de justicia social con el fin de alcanzar el desarrollo económico y social, en un contexto de estabilidad con crecimiento acelerado, sostenible y sustentable.


CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de Guatemala, como legítimo representante del pueblo de Guatemala, le corresponde decretar, reformar y derogar las leyes; entre éstas, las de materia tributaria, con el objeto de combatir la evasión y elusión fiscal y la actualización y adecuación moderna de las disposiciones tributarias, con base en principios constitucionales de solidaridad y subsidiaridad; justicia y equidad tributarias; y, capacidad de pago.


CONSIDERANDO:

Que la aplicación del Decreto Número 10-2012 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Actualización Tributaria, ha permitido advertir la necesidad de clarificar y concretar algunos aspectos de las disposiciones contenidas en dicha normativa, a efecto de incrementar su eficacia y lograr su aplicación en forma sencilla, garantizando la seguridad y certeza jurídicas, al contribuyente sobre los derechos y obligaciones que les corresponden, así como una mayor eficiencia de la Administración Tributaria para la recaudación, control y fiscalización de los impuestos establecidos en dicha Ley.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 135 literal d) y 171, literales a) y c), 239 y 243 de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

Las siguientes:


REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO, DECRETO NÚMERO 6-91
DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y SUS REFORMAS;
A LA LEY DE ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA,
DECRETO NÚMERO 10-2012 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA;
Y, A LA LEY DEL IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES Y PAPEL SELLADO
ESPECIAL PARA PROTOCOLOS, DECRETO NÚMERO 37-92
DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CAPÍTULO I
REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO,
DECRETO NÚMERO 6-91 DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA Y SUS REFORMAS

 
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