PUBLICACIONES VARIAS  23-08-2010

Modificación al Artículo 82 del Reglamento de Compras, Contrataciones y Enajenaciones del Instituto Nacional de Electrificación.

Derogado por el Acta 9-2013,


EL INSTITUTO NACIONAL DE ELECTRIFICACIÓN -INDE-


CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Electrificación, como institución autónoma y descentralizada, considerado como agente del desarrollo económico y social del país, debe buscar de forma permanente y constante una mayor participación en los procesos de compras y contrataciones que el mismo desarrolla.


CONSIDERANDO:

Que en la búsqueda permanente y constante de mayor participación en los procesos de compras y contrataciones del Instituto, se ha logrado detectar limitantes en las normas internas del INDE que no permitan alcanzar esas metas.


CONSIDERANDO:

Que en concordancia con lo anterior, al imponer el INDE sanciones severas, como las contenidas actualmente en el Artículo 82 del Reglamento de Compras, Contrataciones y Enajenaciones del INDE, lo único que se logra es el ausentismo y falta de participación de proveedores; así como el incremento en los costos en la presentación de ofertas, lo que resulta en perjuicio al INDE, toda vez obtiene bienes o servicios a un precio mucho mayor que al que se debería de adquirir.


CONSIDERANDO:

Que al buscar una mayor participación en los procesos de compras y contrataciones, también se obtiene como resultado una mayor competitividad, que es la base de una economía de libre mercado, lo que obliga al INDE adecuar sus normas para lograr ese fin; y así obtener los mejores productos y servicios al mejor precio.


CONSIDERANDO:

Que es apropiado armonizar las políticas de compras y contrataciones del Instituto con las promovidas por el Estado en general, en estricto cumplimiento a lo normando en la Constitución Política de la República de Guatemala


POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le comieren los Artículos 16 literal "e" y 43 de su Ley Orgánica, Decreto Número 64-94 del Congreso de la República de Guatemala, y en lo resuelto por el honorable Consejo Directivo del INDE, en el punto SEGUNDO del acta número 91-2010, a su sesión celebrada el 17 de Agosto 2010.


MODIFICA EL ARTÍCULO 82 DEL REGLAMENTO DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y ENAJENACIONES DEL INDE, contenido en las siguientes normas:

 
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