CONVENIO 0267
Convenio para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América
Convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América
Suscrita en Washington, el 12 de octubre de 1940.
Adhesión de Guatemala: 9 de abril de 1941.
Aprobada: Decreto legislativo número 2554, de 29 de abril de 1941.
Ratificada: 28 de julio de 1941.
Depositado el Instrumento: 14 de agosto de 1941.
Publicada: Diario Oficial, Tomo XXXII, número 52, de 22 de agosto de 1941.
PREÁMBULO
Los Gobiernos americanos, deseosos de proteger y conservar en su medio ambiente, ejemplares de todas las especies y géneros de su flora y su fauna indígenas, incluyendo las aves migratorias, en número suficiente y en regiones lo bastante vastas para evitar su extinción por cualquier medio al alcance del hombre; y
Deseosos de proteger y conservar los paisajes de incomparable belleza, las formaciones geológicas extraordinarias, las regiones y los objetos naturales de interés estético o valor histórico o científico, y los lugares donde existen condiciones primitivas de los casos a que esta Convención se refiere; y
Deseosos de concertar una Convención sobre la protección de la flora, la fauna, y las bellezas escénicas naturales dentro de los propósitos arriba enunciados, han convenido en los siguientes artículos:
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