DECRETO DEL CONGRESO  54-92

Reformas a la Ley de Transformación Agraria

DECRETO NUMERO 54-92

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que el régimen del patrimonio familiar a que están sujetos los bienes que otorga el Instituto nacional de Transformación Agraria, a los campesinos, tiene por objeto tutelar el ejercicio del derecho de propiedad del adjudicatorio con fines de consolidación y de proyección social, pero el mismo debe tener un límite de vigencia adecuada para que el adjudicatorio ejerza a plenitud los derechos inherentes a la propiedad absoluta.

CONSIDERANDO:

Que el régimen de patrimonio familiar constituye una limitación a los derechos del propietario que frena la productividad y el correcto desarrollo social y económico de los parcelamientos y de los adjudicatarios, creando además, una carga innecesaria e inconveniente para el Instituto Nacional de Transformación Agraria, que le impide ejecutar nuevos programas y cumplir adecuadamente con los propósitos para los cuales fue creado.

CONSIDERANDO:

Que es conveniente cambiar los procedimientos para que se garanticen la emisión y entrega de los títulos de propiedad que otorga el Instituto nacional de Transformación Agraria, a los beneficios de sus programas.

POR TANTO,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere los Artículos 67, 119 y 171 literal a) y j) todos de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

Las siguientes:

REFORMAS A LA LEY DE TRANSFORMACION AGRARIA CONTENIDA EN EL
DECRETO 1551 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA REFORMADA POR EL DECRETO 27-80

 
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