ACUERDO GUBERNATIVO  254-2022

Se acuerda derogar el Acuerdo Gubernativo Número 254-2005 del Presidente de la República.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 254-2022

Guatemala, 14 de octubre de 2022


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que a través del Acuerdo Gubernativo Número 254-2005 del Presidente de la República, se dispuso constituir usufructo a título gratuito por el plazo de cincuenta años a favor de la Municipalidad de Jutiapa, Departamento de Jutiapa, sobre una fracción de terreno de 209,621.63 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 6437, folio 154 del libro 40 de Jutiapa, propiedad de la Nación, para que ejecute un proyecto en bien de la comunidad.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, a través del Expediente Número 2022-32238, opinó de manera favorable respecto a derogar el Acuerdo Gubernativo Número 254-2005 del Presidente de la República, en virtud que en su oportunidad no se faccionó el contrato que ordena el artículo 4 de dicho Acuerdo Gubernativo, sobre la constitución del usufructo a favor de la Municipalidad de Jutiapa, Departamento de Jutiapa, además debe tomarse en consideración que la denominación correcta del libro es Jalapa-Jutiapa y no como allí se consignó como libro de Jutiapa, y como consecuencia, es procedente adscribir al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, una fracción de terreno de 70,000.00 metros cuadrados que forma parte de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 6437, folio 154 del libro 40 de Jalapa-Jutiapa, propiedad de la Nación, para la construcción y funcionamiento del Hospital Nacional de Jutiapa o cualquier otro servicio de salud que ese Ministerio disponga en su momento oportuno, así mismo adscribir a favor de la Municipalidad de Jutiapa, Departamento de Jutiapa, dos fracciones de terreno, la primera con un área de 21,166.04 metros cuadrados y la segunda con un área de 118,455.28 metros cuadrados que forman parte de la finca antes descrita, para los usos propios que la misma pueda hacer en beneficio de ese Municipio; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los Artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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