ACUERDO LEGISLATIVO - AL  18-93

Reformas a la Constitución Política de la República


ACUERDO LEGISLATIVO NUMERO 18-93



EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA,


CONSIDERANDO:

Que el Organismo Legislativo, en ejercicio de las atribuciones como órgano constituyente, que específicamente le asigna el Artículo 280 de la Constitución, ha concluido el proceso de aprobación de las reformas al texto constitucional, que permitirán la reestructura del Estado y una salida pacífica justa y civilizada a la crisis política que ha vivido el país;


CONSIDERANDO:

Que como requisito previo a su entrada en vigencia, la Constitución Política de la República, establece que las reformas que se planteen al texto constitucional, deben ser sometidas a la aprobación del pueblo mediante consulta popular, quien en definitiva, con su voto favorable o contrario, determinará finalmente la aprobación no de las mismas,


POR TANTO,

Conforme las atribuciones que le asigna el Artículo 280 y en cumplimiento a lo que establece específicamente el Artículo 173, ambos de la Constitución Política de la República de Guatemala,


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 21,908 veces.
  • Ficha Técnica: 1,141 veces.
  • Imagen Digital: 27 veces.
  • Texto: 1,140 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 123 veces.
  • Formato Word: 197 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu