ACUERDO MINISTERIAL  445-2011

Se reforma el artículo 3 del Acuerdo Ministerial 408-2011, en el cual se normó el Consejo Consultivo del Ministerio de Ambiente y Recurso Naturales.


ACUERDO MINISTERIAL No. 445-2011

Guatemala, 31 de octubre de 2011


EL MINISTRO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES


CONSIDERANDO:

Que la Ley del Organismo Ejecutivo establece que es función del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales promover y propiciar la participación equitativa de hombres y mujeres, personas naturales o jurídicas y de los pueblos indígenas y locales en el aprovechamiento y manejo sostenible de los recursos naturales; y, que en el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, aparece que dentro de su estructura orgánica fue creado como una instancia de coordinación el Consejo Consultivo.


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Ministerial número 408-2011 del 4 de octubre de 2011, se normó el Consejo Consultivo del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, como una instancia de coordinación consultiva, asesora, de intercambio de información y acercamiento entre los sectores de la sociedad relacionados con el ambiente y los recursos naturales y el gobierno a través del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales; por lo que se hace necesario emitir la presente disposición legal, para incluir a todos los sectores relacionados.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 29 "bis" de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; y, 5 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Acuerdo Gubernativo número 186-2001.


ACUERDA:

 
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