DECRETO DEL CONGRESO  28-2003

Reformas al Decreto Número 30-2002, Ley para Concluir el Proceso de Disolución, Liquidación y Supresión del Banco Nacional de la Vivienda.

DECRETO NUMERO 28-2003

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que en atención a los preceptos de la Carta Magna, el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia, siendo su fin supremo la realización del bien común; y además, garantiza la propiedad privada como un derecho inherente a la persona humana.

CONSIDERANDO:

Que este Organismo del Estado aprobó la Ley para la Disolución, Liquidación y Supresión del Banco Nacional de la Vivienda -BANVI-, sin que este proceso se hubiere concluido en el plazo establecido en la misma, por lo que fue necesario ampliarlo sucesivamente a través de los Decretos Números 68-98, 1-2000 y 30-2002, todos del Congreso de la República.

CONSIDERANDO:

Que la principal causa que ha imposibilitado la disolución, liquidación y supresión del Banco Nacional de la Vivienda lo constituye la carencia de recursos económicos de los adjudicatarios de lotes en asentamientos precarios humanos con vocación habitacional favorecidos por el BANVI, para concluir el proceso de escrituración y de legalización de la tenencia de la tierra a su favor, los que al vencimiento del plazo, sin que éste se hubiere realizado, confrontarían graves problemas, por lo que amerita la ampliación del mismo.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

Las siguientes:

REFORMAS AL DECRETO NUMERO 30-2002, REFORMADO POR EL DECRETO NUMERO 71-2002, AMBOS DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA

 
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