ACUERDO GUBERNATIVO 145-2013
Se acuerda declarar con urgencia nacional y necesidad pública la Construcción de las Obras contenidas en el plan de expansión del sistema de transporte de energia eléctrica.
*Se declara con lugar la inconstitucionalidad general total promovida en contra del Acuerdo Gubernativo 145-2013 de fecha 20 de marzo de 2013, por el Expediente 4197-2017.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 145-2013
Guatemala, 20 de marzo de 2013
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República declara de urgencia nacional la electrificación del país, con base en planes formulados por el Estado y las municipalidades, en la cual podrá participar la iniciativa privada y que es obligación de las entidades descentralizadas y autónomas la de coordinar su política con la política general del Estado y en especial con la del ramo que corresponda.
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Energía y Minas a través de su política energética impulsa el Plan de Expansión del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica, que permitirá conjuntamente con el de la inversión privada, fortalecer el sistema eléctrico nacional y coadyuvar a la electrificación rural del país.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículos 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en lo establecido en los artículos 194 y 195 Constitucionales y 16 y 17 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS
ACUERDA
Declarar de Urgencia Nacional y Necesidad Pública la
Construcción de las Obras contenidas en el Plan de
Expansión del Sistema de Transporte de Energía
Eléctrica y las Obras del Plan de Electrificación Rural.
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