ACUERDO MINISTERIAL 687-2012
Se acuerda emitir el Normativo para la administración de las cuotas de exportación de desperdicios y desechos de metal y autorización de licencias de exportación.
ACUERDO MINISTERIAL No. 687-2012
Guatemala, 21 de diciembre de 2012
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República, le corresponde al Ministerio de Economía hacer cumplir el régimen jurídico relativo al desarrollo de las actividades productivas, del comercio interno y externo, la promoción de la competitividad y el desarrollo industrial.
CONSIDERANDO:
Que por disposición del Acuerdo Gubernativo número 44-2011 de fecha 8 de febrero de 2011 y sus reformas contenidas en el Acuerdo Gubernativo 32-2012, de fecha 13 de enero de 2012, le corresponde la Ministerio de Economía emitir las disposiciones relacionadas con el procedimiento para el establecimiento de las cuotas y otorgamiento de licencias de exportación de desperdicios y desechos de metal.
CONSIDERANDO:
Que a través del Acuerdo Ministerial No.128-2011, del 7 de marzo de 2011, el Ministerio de Economía aprobó el Normativo para la Administración de las Cuotas de Exportación de Desperdicios y Desecho s de Metal y Autorización de las Licencias de Exportación, por lo que en estricto Interés del Estado de Guatemala, y para efecto de una mejor administración de las cuotas de exportación de los referidos desechos y desperdicios de metal y la autorización de las respectivas licencias de exportación, resulta necesario modificar el mismo por sustitución total, razón por la cual se emite la presente disposición administrativa.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le asignan los Artículos 23, 27 literales c), f), m) y 32 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República,
ACUERDA:
EMITIR EL NORMATIVO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LAS CUOTAS DE EXPORTACIÓN DE DESPERDICIOS Y DESECHOS DE METAL Y AUTORIZACION DE LAS LICENCIAS DE EXPORTACION, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 44-2011 Y SUS REFORMAS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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