ACUERDO GUBERNATIVO  262-2009

Se acuerda emitir las siguientes REFORMAS AL REGLAMENTO DE LA LEY PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS COMUNICACIONES Y FIRMAS ELECTRÓNICAS, ACUERDO GUBERNATIVO 135-2009.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 262-2009

Guatemala, 19 de octubre del 2009


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Conforme el Decreto Número 47-2008 del Congreso de la República, Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, el Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Economía emitió el Reglamento de dicha Ley, para el debido desempeño del Registro de Prestadores de Servicios de Certificación, adscrito a dicho Ministerio.


CONSIDERANDO:

Que reglamento antes citado está contenido en el Acuerdo Gubernativo número 135-2009, de fecha 8 de mayo de 2009, el cual se encuentra vigente; pero las disposiciones contenidas en sus artículos 40 y 42 resultan inaplicables porque no se citó el artículo que contiene los casos de prohibición de la prestación de servicios y porque la función de fijar aranceles por servicios corresponde al Señor Presidente de la República. Por lo anterior, es procedente emitir el Acuerdo Gubernativo para reformar el reglamento aludido a efecto que sus disposiciones puedan aplicarse conforme a la ley.


POR TANTO:

En el ejercicio de tas funciones que le asigna el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 55 del Decreto 47-2008 del Congreso de la República, Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas.


ACUERDA:

Emitir las siguientes:


REFORMAS AL REGLAMENTO DE LA LEY PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS COMUNICACIONES Y FIRMAS ELECTRÓNICAS, ACUERDO
GUBERNATIVO 135-2009, DE FECHA 8 DE MAYO DE 2009.

 
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