ACUERDO GUBERNATIVO 101-2009
Se acerada autorizar a la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia, para que transfiera al "Fondo Social de Solidaridad", las obligaciones derivadas de la ejecución de programas, proyectos y obras de convenios y contratos.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 101-2009
Guatemala, 06 de abril del 2009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Gubernativo número 71-2009, de fecha 11 de marzo de 2009, se creó al "Fondo Social de Solidaridad", con el objeto de ejecutar programas, proyectos y obras, competencia del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, que coadyuvan a fortalecer el desarrollo económico y social de la población guatemalteca y mejorar su nivel de vida; así también a constituir el fideicomiso "Fondo Social de Solidaridad", al cual podrá absorber derechos y obligaciones adquiridos por otras instituciones y entidades, provenientes de contrato y convenios que éstas hayan suscrito y que se encuentren vigentes, así como recibir los recursos financieros y bienes necesarios para la realización de su objeto.
CONSIDERANDO:
Que la Corte de Constitucionalidad dictó sentencia con fecha 28 de enero de 2009, publicada en al Diario de Centro América el 3 de abril de 2009, que declaró la inconstitucionalidad parcial de los artículos 8, párrafo segundo, y 11, inciso d), del Decreto 11437 del Congreso de la República, ley del Organismo Ejecutivo, por lo que se hace necesario autorizar a la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia para trasladar al "Fondo Social de Solidaridad", las obligaciones derivadas de la ejecución de programas, proyectos y obras de convenios y contratos, pendientes de pago o inconclusas, debiéndose emitir la disposición legal correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 183 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
EN CONSEJO DE MINISTROS
ACUERDA:
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