ACUERDO GUBERNATIVO 12-2026
Se acuerda aprobar la disminución al Presupuesto de ingresos y egresos de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) para el ejercicio fiscal 2026.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 12-2026
Guatemala, 16 de febrero de 2026
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo estipulado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41 literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44 establecen que cuando se disminuya el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que por medio del Acuerdo Gubernativo Número 245-2025 del 12 de diciembre de 2025 se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica (Anadie) para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintiséis, por la cantidad de TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO QUETZALES (Q39,121,374) y que el Decreto Número 36-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, vigente para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintiséis, incluye en la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro aporte a favor de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica (Anadie) por el monto de Q 18,000,000.
CONSIDERANDO
Que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), solicita autorización para disminuir su Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente, aprobado por el Consejo Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica en el Punto Sexto del Acta Ordinaria CONADIE 01-2026 de la Sesión Ordinaria celebrada el 12 de enero de 2026, en la que se reducen ingresos de transferencias corrientes provenientes de la Administración Central y se rebajan asignaciones de varios rubros presupuestarios en distintos grupos de gasto dentro del Programa 11 Gestión para el Desarrollo de Infraestructura Económica, con el propósito que sus asignaciones guarden consistencia con el aporte aprobado a su favor dentro de la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro en el Decreto Número 36-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, vigente para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintiséis. En consecuencia, al tenor de lo establecido en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las Autoridades Superiores de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), son los autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por consiguiente, quedan responsables de las asignaciones disminuidas en la presente gestión; correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas, según el referido Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 028 del 10 FEB 2026, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 027-2026 del 11 FEB 2026, del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q) y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41 literal a) y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 Reglamento de la citada Ley, Artículo 44.
ACUERDA
- Buscado: 162 veces.
- Ficha Técnica: 9 veces.
- Imagen Digital: 7 veces.
- Texto: 5 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 1 veces.

