ACTA MUNICIPAL 78-16-12-2025.30
Se acuerda aprobar la propuesta presentada por la Comisión de Transporte, relativa a la incorporación dentro de la Ordenanza Municipal de las tasas municipales por servicios correspondientes a la Oficina Municipal de Transporte.
ACTA NÚMERO 78-16-12-2025,
PUNTO TRIGÉSIMO
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JALAPA, DEPARTAMENTO DE
JALAPA.
CERTIFICA
Que para el efecto ha tenido a la vista las Hojas Móviles de Actas de Sesiones del Concejo Municipal, en las que aparece asentada el ACTA NÚMERO: 78-16-12-2025 punto TRIGÉSIMO de fecha dieciséis de diciembre del año dos mil veinticinco, en donde se aprobó el punto resolutivo que en su parte conducente dice:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JALAPA, DEPARTAMENTO DE JALAPA.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, corresponde al Honorable Concejo Municipal emitir, modificar y aprobar ordenanzas municipales, así como establecer tasas por la prestación de los servicios públicos municipales.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Transporte, han remitido propuesta para que se realicen las gestiones necesarias a efecto de incorporar dentro de la Ordenanza Municipal las tasas municipales por servicios correspondientes a la Oficina Municipal de Transporte, tomando en consideración lo regulado en el Reglamento de Transporte de Pasajeros y Carga, así como el Contrato de Transporte vigente.
CONSIDERANDO:
Que dentro de los servicios propuestos se incluya la SOLVENCIA DE TRANSPORTE, estableciendo una tasa municipal por la cantidad de VEINTICINCO QUETZALES EXACTOS (Q.25.00), así como la incorporación de dicha operación dentro del Sistema GL, para el adecuado control administrativo, contable y financiero.
CONSIDERANDO:
Que el expediente administrativo cuenta con Opinión Jurídica favorable, la cual determina que la propuesta se encuentra conforme al marco legal vigente, por lo que resulta procedente su aprobación.
POR TANTO:
Con fundamento en lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala, el Código Municipal y demás leyes aplicables, el Honorable Concejo Municipal, por unanimidad de votos de sus integrantes.
ACUERDA:
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