ACUERDO MINISTERIAL 10-2026
Convocatoria para participar en el vigésimo séptimo curso de capacitación para el ascenso al grado de Oficial Primero.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 10-2026
Guatemala, 03 de febrero de 2026
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO
Que es deber del Estado garantizarles a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona; garantizando y protegiendo la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.
CONSIDERANDO
Que el Sistema Educativo de la Policía Nacional Civil ha adoptado el modelo educativo de la enseñanza por competencias, el cual persigue la formación profesional basada en conocimientos, habilidades y actitudes para saber ser, saber conocer, saber hacer y saber convivir en el marco del servicio del policía. En este contexto, el Reglamento del Régimen Educativo de la Policía Nacional Civil, Acuerdo Gubernativo Número 102-2023 del Presidente de la República, tiene como objeto regular la educación policial que permite la profesionalización integral del personal de la Policía Nacional Civil.
CONSIDERANDO
Que la Escuela de Estudios Superiores de Policía de la Subdirección General de Estudios y Doctrina de la Policía Nacional Civil, es el ente rector de la capacitación de hombres y mujeres como Oficial Primero de la Policía Nacional Civil, mediante una metodología participativa, con una mística de orden y disciplina para el desempeño eficiente del servicio y protección a la sociedad, para materializar el proceso educativo, es necesario definir un instrumento legal que establezca parámetros y criterios institucionales que permitan el cumplimiento de la misión educativa policial, por lo que es imperativo cubrir las plazas vacantes y por ende, realizar la convocatoria correspondiente para los integrantes de la Policía Nacional Civil interesados en participar en el Vigésimo Séptimo Curso de Capacitación para el Ascenso al Grado de Oficial Primero.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y, con fundamento en los Artículos 27 literales a), f), m) y 36 literal n) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 3, 4, 15 literal o), 32, 33, 36, 37 literal c) inciso i), 41, 42, 66, 67 literal g), 86 y 89 del Decreto Número 35-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de la Policía Nacional Civil; 1, 2, 3, 4, 7 literal b), 8, 9, 10 literal b), 12, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37 literal b), 38 literal f), 39, 55, 56, 57, 76, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94 y 95 del Acuerdo Gubernativo Número 102-2023 del Presidente de la República, Reglamento del Régimen Educativo de la Policía Nacional Civil; 52 Quaterdecies del Acuerdo Gubernativo Número 97-2009 del Presidente de la República, Reglamento sobre la Organización de la Policía Nacional Civil; 4 y 7 del Acuerdo Gubernativo Número 635-2007 del Presidente de la República, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación.
ACUERDA
Emitir la presente Convocatoria para participar en el VIGÉSIMO SÉPTIMO CURSO DE CAPACITACIÓN PARA EL ASCENSO AL GRADO DE OFICIAL PRIMERO.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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