ACUERDO ADMINISTRATIVO  208-2025

Se acuerda aprobar la creación e implementación del sistema electrónico denominado Gestión Electrónica de Documentos, que se puede abreviar como GED.

DESPACHO GENERAL
ACUERDO ADMINISTRATIVO 208-2025

EL REGISTRADOR GENERAL DE LA PROPIEDAD

Gabriel Medrarlo Valenzuela

CONSIDERANDO:

Que conforme lo regulado en el artículo 1221 del Código Civil, Decreto - Ley 106, y sus reformas, el Registrador General de la Propiedad está facultado para innovar progresivamente los controles y sistemas de operación, implementar toda clase de programas, técnicas y procesos para efectuar, formalizar y ejecutar todas las operaciones registrales y utilizar para ello medios informáticos, computarizados, digitales, magnéticos, electrónicos, de teleproceso y de cualquier otra naturaleza, de acuerdo con las posibilidades económicas y conforme a las normas de seguridad establecidas y aprobadas por el Registro;

CONSIDERANDO:

Que los artículos 1 y 23 de la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto 5-2021 del Congreso de la República, permiten modernizar la gestión administrativa por medio de la simplificación, agilización y digitalización de trámites administrativos, utilizando las tecnologías de la información y comunicación, para facilitar la interacción entre personas individuales o jurídicas y dependencias del Estado. Asimismo, las dependencias deberán implementar las tecnologías necesarias para la utilización e implementación progresiva de medios electrónicos, que permitan la realización de trámites a distancia o la mejora de sus archivos, con las condiciones de seguridad procedentes;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1 de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, Decreto 47-2008 del Congreso de la República, estipula que es aplicable a todo tipo de comunicación electrónica, transacción o acto jurídico, público o privado, nacional o internacional, y que el Estado y sus instituciones quedan expresamente facultados para la utilización de las comunicaciones y firmas electrónicas, para asegurar la autenticidad e integridad de las mismas;

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Administrativo 172-2023 del Registrador General de la Propiedad y sus modificaciones, se aprobó la creación e implementación de la plataforma virtual para la presentación de documentos electrónicos ante el Registro General de la Propiedad, bajo la denominación RGP Virtual. Luego de su evaluación y dictámenes rendidos, se ha determinado que, para continuar la modernización en el Registro, se debe ampliar dicha plataforma en cuanto a documentos a presentarse a distancia; modificar la denominación actual a Gestión Electrónica de Documentos -GED-, y que RGP Virtual abarque todos los servicios electrónicos que preste el Registro. En consecuencia, es necesario emitir disposición administrativa que regule las modificaciones y ampliaciones relacionadas;

CONSIDERANDO:

Que, en sesión de la Comisión Nacional Registral, celebrada el veintiocho de julio de dos mil veinticinco, según consta en el punto quinto del Acta 20-2025, se aprobó la GESTIÓN ELECTRÓNICA DE DOCUMENTOS -GED-,

POR TANTO,

El Registrador General de la Propiedad, de conformidad lo considerado, normativa legal citada; artículo 4 del Decreto 1816 del Congreso de la República; y el Acuerdo Gubernativo 30-2005, Reglamento de los Registros de la Propiedad,

ACUERDA:

 
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