ACUERDO 6-2025
Se acuerda sancionar el Decreto Número 7-2025, aprobado por el Congreso de la República el 2 de septiembre del año 2025.
ACUERDO NÚMERO 6-2025
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que con fecha dos de septiembre del año dos mil veinticinco, el Pleno del Congreso de la República, aprobó el Decreto Número 7-2025, mediante el cual se aprueba la Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de los Proyectos de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, el cual se remitió al Organismo Ejecutivo el doce de septiembre del año dos mil veinticinco.
CONSIDERANDO:
Que con fecha seis de octubre se publicó en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo Número 182-2025, mediante el cual el presidente de la República en Consejo de Ministros, vetó el Decreto Número 7-2025 del Congreso de la República, Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de los Proyectos de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, pero dicho Acuerdo Gubernativo no contempla un artículo que indique cuando entra en vigor.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo regulado en el Decreto Número 1816 del Congreso de la República, los Acuerdos del Ejecutivo que no indiquen cuando entran en vigor, se presume que su vigencia principiará dentro de los tres días siguientes de su publicación, por lo que dicho Acuerdo Gubernativo excede el plazo de quince días, regulado en el artículo 178 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que el Organismo Ejecutivo tenía para emitir el veto respectivo, por lo que corresponde al Congreso de la República tener por sancionado dicho decreto y promulgarlo como Ley, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 178 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 133 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto Número 63-94 del Congreso de la República.
POR TANTO:
Con fundamento en el artículo 178 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 133 del Decreto Número 63-94 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Organismo Legislativo,
ACUERDA:
- Buscado: 806 veces.
- Ficha Técnica: 52 veces.
- Imagen Digital: 52 veces.
- Texto: 42 veces.
- Formato PDF: 9 veces.
- Formato Word: 3 veces.

