ACTA MUNICIPAL 58-2024.12
Reglamento municipal para el tránsito de transporte pesado
ACTA NÚMERO 58-2024
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE BARBERENA, DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA
CERTIFICA:
TENER A LA VISTA EL ACUERDO DÉCIMO SEGUNDO QUE CONSTA EN EL ACTA NUMERO CINCUENTA Y OCHO GUION DOS MIL VEINTICUATRO (58-2024) DE FECHA VEINTINUEVE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO EL QUE COPIADO LITERALMENTE ESTABLECE:
DÉCIMO SEGUNDO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE BARBERENA, DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA, CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la deliberación y decisión de Gobierno y Administración del Patrimonio e intereses de su municipio, emitiendo al efecto las ordenanzas y reglamentos respectivos; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala. "Autonomía Municipal: Los Municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, y entre otras funciones le corresponde: Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos; CONSIDERANDO: Que es necesario que en el Municipio de Barberena del Departamento de Santa Rosa, debido a su ubicación geográfica y por ser un municipio donde se realiza actividad de comercio que incrementa mayor movimiento vehicular y peatonal que comunica destinos importantes en el Casco Urbano, por consiguiente es necesario regular el tránsito de transporte pesado; POR TANTO: Con base en lo preceptuado y en lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 9, 33, 34, 35 del Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas: ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL TRANSITO DE TRANSPORTE PESADO
TITULO I
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y DEFINICIONES
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