ACTA MUNICIPAL  115-2025.5

Reglamento para la implementación de la "Firma Electrónica Municipal en la Municipalidad de Mixco".

ACTA NÚMERO 115-2025, PUNTO QUINTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MIXCO, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA, CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el punto QUINTO del acta número CIENTO QUINCE guion DOS MIL VEINTICINCO, de la Sesión Pública del Honorable Concejo Municipal de Mixco, departamento de Guatemala, celebrada el dieciocho de junio de dos mil veinticinco, el cual en su parte conducente dice: "EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MIXCO, CONSIDERANDO: Que el Congreso de la República de Guatemala emitió el Decreto 47-2008 Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas dentro del cual consideró: que la inmersión masiva y de la tecnología en nuestra sociedad es una realidad que no podemos ignorar y por ende se debe revisar los conceptos y visiones tradicionales del mundo físico para adaptarlos al actual contexto del mundo digital". Así mismo, dentro de los artículos 1 y 33 del Decreto 47-2008 se establece que el Estado y sus instituciones quedan expresamente facultadas para la utilización de las comunicaciones y firmas electrónicas, firma electrónica avanzada que podrá estar certificada por una entidad prestadora de servicios de certificación. CONSIDERANDO: Que se estima necesario que dentro de los distintos procesos y actos administrativos de la Municipalidad de Mixco, se implemente la Firma Electrónica, por lo que es importante aprobar la normativa interna respectiva, con la finalidad de establecer los mecanismos de uso de la misma y que permita a los funcionarios y empleados, conocer las obligaciones y responsabilidades que conlleva, relacionadas a la autenticación y validación de la Firma Electrónica, por lo que es procedente emitir la disposición correspondiente. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 6, 9, 33, 35 literales a), i) y j) del Código municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas; 1, 2, 5, 7, 8, 10 y 11 de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, Decreto número 47-2008 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 del Acuerdo Gubernativo 135-2009 Reglamento de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas.

por UNANIMIDAD DE VOTOS ACUERDA: Emitir el siguiente,

REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA "FIRMA ELECTRÓNICA MUNICIPAL EN LA
MUNICIPALIDAD DE MIXCO".

 
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