ACUERDO GUBERNATIVO  108-2025

Se acuerda designar al señor Javier Enrique Bauer Herbruger como Director Titular, para integrar el primer Directorio de la Superintendencia de Competencia.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 108-2025

Guatemala, 23 de junio de 2025

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado protegerá la economía de mercado e impedirá las asociaciones que tiendan a restringir la libertad del mercado o a perjudicar a los consumidores.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Decreto Número 32-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Competencia, el Directorio de la Superintendencia de Competencia es el órgano superior de decisión, resolución y sanción de dicha entidad, y se integra por tres miembros, entre ellos un director titular y un director suplente designados por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, y que, conforme al artículo 115 de la Ley citada, la designación del primer Directorio debe efectuarse dentro del plazo de ciento veinte (120) días contados a partir de la entrada en vigencia de ese artículo, lo cual impone a las autoridades nominadoras la obligación de proceder con la integración inicial de ese órgano dentro del plazo legalmente establecido.

CONSIDERANDO

Que mediante el Acuerdo Gubernativo Número 24-2025, de fecha 10 de febrero de 2025, se aprobó la convocatoria propuesta por el Ministerio de Economía, dirigida a los y las profesionales interesados en postularse a los cargos de director titular y director suplente del Directorio de la Superintendencia de Competencia. En dicho acuerdo, además, se instruyó al citado Ministerio para realizar y gestionar la publicación de la convocatoria en el Diario de Centro América y en otros dos medios de comunicación de mayor circulación, así como para desarrollar y supervisar el proceso de calificación y evaluación previsto en el artículo 30 del Decreto Número 32-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Competencia, y presentar al Presidente de la República la lista de los seis candidatos mejor calificados para las designaciones respectivas; actuaciones que fueron debidamente informadas por el Ministerio de Economía, conforme a los procedimientos establecidos, por lo que corresponde emitir la disposición legal correspondiente.

POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 183 literales a), n) y s) y 195 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 30 y 115 del Decreto Número 32-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Competencia; 16 y 17 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.

EN CONSEJO DE MINISTROS

ACUERDA

 
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