ACUERDO MINISTERIAL  501-2025

Se acuerda declarar como Patrimonio Cultural de la Nación, el bien inmueble ubicado en la Avenida Centroamérica 16-32 zona 1, municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, confiriéndole la categorización patrimonial "C".


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 501-2025

Guatemala, 6 de junio de 2025


LA MINISTRA DE CULTURA Y DEPORTES


CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional, emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración, preservación y recuperación, así como reconocer el derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus valores y tradiciones. Forman el patrimonio cultural de la Nación los bienes y valores paleontológicos, arqueológicos, históricos y artísticos del país y están bajo la protección del Estado.


CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 2 del Decreto Número 26-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación, los Bienes e Instituciones que por ministerio de Ley o por declaratoria de autoridad, lo integran y constituyan bienes muebles o inmuebles, públicos y privados, relativos a la paleontología, arqueología, historia, antropología, arte, ciencia y tecnología y la cultura en general, incluido el patrimonio intangible, que coadyuven al fortalecimiento de la identidad nacional y el Artículo 3 del mismo cuerpo legal regula, que se consideran bienes que conforman el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes culturales, dentro los que destacan la arquitectura y sus elementos.


CONSIDERANDO:

Que, tomando en cuenta los elementos históricos, se pudo constatar que el inmueble por antecedente histórico posee más de 50 años de antigüedad y cuenta con valores históricos por pertenecer a una tipología de arquitectura del siglo XX con relación al desarrollo de equipamiento urbano.


CONSIDERANDO:

Que, la Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural del Ministerio de Cultura y Deportes, por medio de sus unidades emitió las siguientes opiniones y dictámenes: a) Opinión Técnica 18-2024/BI, de fecha 28 de junio de 2024, emitida por la Sección de Bienes Inmuebles del Departamento de Registro de Bienes Culturales; b) Opinión Técnica No.378-2024/DECORBIC/MGLR de fecha 19 de septiembre de 2024, emitida por el Departamento de Conservación y Restauración de Bienes Culturales; c) Dictamen Técnico DT-IDAEH de Procedencia No. 12-2024/DT-IDAEH, de fecha 4 de diciembre de 2024, emitido por la Dirección Técnica del Instituto de Antropología e Historia -IDAEH-; y d) Dictamen Jurídico DAJ-DGPCYN 69-2024, de fecha 11 de diciembre de 2024, emitido por la Delegación de Asuntos Jurídicos de la Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural, los cuales determinaron que es procedente declarar como Patrimonio Cultural de la Nación, confiriéndole la categorización patrimonial "C", al bien inmueble, ubicado en la Avenida Centroamérica 16-32 zona 1, municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; y por ser estrictamente de interés general para el Estado, se emite la presente disposición legal.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y con fundamento en los Artículos 57. 58, 59. 60, 61. 65 y 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22 y 27 literales a) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 6, 9, 25 y 26 de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, Decreto Número 26-97 del Congreso de la República de Guatemala; 25 del Acuerdo Gubernativo Número 37-2019 de fecha 4 de marzo de 2019, Reglamento de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación; y 7 numerales 3, 4 y 5 del Acuerdo Gubernativo número 27-2008 de fecha 10 de enero de 2008. Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes.


ACUERDA:

 
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