ACUERDO GUBERNATIVO 88-2025
Se acuerda aprobar la ampliación al Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Contraloría General de Cuentas, para el ejercicio fiscal 2025.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 88-2025
EJERCICIO FISCAL 2025
Guatemala, 27 de mayo de 2025
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo estipulado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41 literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44 establecen que cuando se amplía el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que la Contraloría General de Cuentas, solicita autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, en la cantidad de CINCUENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS MIL QUETZALES (Q51,700,000) para incorporar recursos provenientes de servicios de fiscalización, autorizaciones, certificaciones y saldos de caja acumulados de ejercicios anteriores, destinados a cubrir bonos del personal permanente, aportes al IGSS y clases pasivas; así como contrataciones de servicios técnicos y profesionales del Programa Municipio Fiscalizado, un Compromiso por la Prevención y Confianza Ciudadana; además de reconocimiento de gastos, viáticos, compensación por kilómetro recorrido y transporte de personas para las diferentes comisiones de auditoría, remodelación de varias delegaciones departamentales y ayuda para funerales. En consecuencia, al tenor de lo establecido en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las Autoridades Superiores de la Contraloría General de Cuentas, son autorízadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por consiguiente, quedan responsables de la Ampliación Presupuestaria propuesta y de la utilización correcta de los créditos aprobados con el presente Acuerdo Gubernativo; correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas de conformidad a dicho Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 127 del 19 MAY 2025, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 124-2025 del 22 MAYO 2025, del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q) y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41 literal a) y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 Reglamento de la citada ley, Artículo 44.
ACUERDA
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