ACUERDO MINISTERIAL 802-2025
Se acuerda aprobar el Plan de Acción de la Política Interinstitucional para el Mejoramiento Integral de Barrios (PLANAMIB).
ACUERDO MINISTERIAL No. 802-2025
Guatemala, 23 de mayo de 2025
EL MINISTRO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 119 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es obligación del Estado propiciar el desarrollo integral de todos los guatemaltecos, promoviendo programas de vivienda popular y el ordenamiento territorial.
CONSIDERANDO:
Que, el Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda mediante Acuerdo Ministerial No. 560-2024, de fecha 27 de mayo de 2024, aprueba la Política Interinstitucional para el Mejoramiento Integral de Barrios (PIMIB), con el objetivo de incorporar los asentamientos urbanos informales al desarrollo urbano formal, garantizando a sus habitantes el acceso a servicios básicos, vivienda digna y oportunidades de desarrollo social y económico.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 del Acuerdo Ministerial en mención, establece que el Viceministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda desarrollará el Plan de Acción de la Política Interinstitucional para el Mejoramiento Integral de Barrios (PLANAMIB) que sirva de instrumento operativo para guiar la implementación, seguimiento y evaluación de dicha política, en coordinación con las entidades del sector público, y aquellas que atiendan aspectos tendientes a la solución integral de los asentamientos humanos, como la sociedad civil, sector privado, ONGs y otros, para lo cual la Dirección de Asuntos Jurídicos y Dirección de Planificación y Desarrollo Institucional, dependencias de la Dirección Superior de este Ministerio, en Opinión No. DAJ-122-2025/AAG/REVDL de fecha 15 de mayo de 2025 y Opinión Técnica No. 14-2025, de fecha 12 de mayo de 2025/respectivamente, emitieron opinión favorable.
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 194 literales a) y f), de la Constitución Política de la República de Guatemala; y, con fundamento en los artículos 27 literales a), f) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 5, 6 y 14 de la Ley de Vivienda, Decreto Número 9-2012 del Congreso de la República de Guatemala; 6 literal t) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Comunicaciones, infraestructura y Vivienda, Acuerdo Ministerial Número 311-2019 de fecha 20 de diciembre de 2019 y sus reformas.
ACUERDA:
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