ACTA MUNICIPAL  17-2025.3

Reglamento de transporte de pasajeros y de carga del municipio de San Bartolomé Milpas Altas del departamento de Sacatepéquez.

ACTA NÚMERO 17-2025, PUNTO TERCERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLOMÉ MILPAS ALTAS, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.

CERTIFICA: Haber tenido a la vista el libro de Actas de Sesiones Municipales Extraordinarias autorizado por la Contraloría General de Cuentas, que se lleva en esta Secretaría, en donde se encuentra asentada el ACTA NUMERO DIECISIETE GUION DOS MIL VEINTICINCO de Sesión Pública Extraordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal de San Bartolomé Milpas Altas, Departamento de Sacatepéquez, el veintiocho de mayo del año dos mil veinticinco, en la que aparece inserto el punto resolutivo que copiado literalmente se lee: TERCERO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN BARTOLOMÉ MILPAS ALTAS DEL DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ:

CONSIDERANDO

Que en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. Para el cumplimiento de los fines que le son inherentes coordinará sus políticas con las políticas generales del Estado y en su caso, con la política especial del ramo al que corresponda. Ninguna ley o disposición legal podrá contrariar, disminuir o tergiversar la autonomía municipal establecida en la Constitución Política de la República.

CONSIDERANDO

Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de sus recursos y que son competencias propias del municipio delegadas en la municipalidad, la regulación del transporte de pasajeros y carga y sus terminales locales.

CONSIDERANDO

Que es competencia del Concejo Municipal velar por el funcionamiento seguro y eficiente de los servicios de transporte colectivo urbano, extraurbano y de carga, dentro de su jurisdicción y que para alcanzar estos objetivos es necesario emitir las normas que garanticen los derechos y obligaciones de quienes prestan el servicio y a quienes está dirigido.

POR TANTO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de San Bartolomé Milpas Altas del departamento de Sacatepéquez, con fundamento en lo considerado y en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 253 de la Constitución Política de la República, los artículos 35, 67, 68 y 72 del Código Municipal decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala; Acuerda aprobar el siguiente:

REGLAMENTO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y DE CARGA DEL MUNICIPIO DE SAN
BARTOLOMÉ MILPAS ALTAS DEL DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ

TITULO I
GENERALIDADES Y ADMINISTRACIÓN

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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