ACTA MUNICIPAL  40-2025.25

Reglamento de Plan de tasas, rentas, precios, frutos, productos, multas y demás tributos.

ACTA NÚMERO 40-2025

La Infrascrita Secretaria Municipal, del municipio de Concepción Chiquirichapa, del departamento de Quetzaltenango CERTIFICA: Tener a la vista el libro de "Actas de Sesiones Municipales" en el cual se encuentra el acta número 40-2025; la que copiada literalmente dice

"Acta número cuarenta guion dos mil veinticinco (40-2025). Sesión ordinaria, celebrada por el Honorable Concejo Municipal del municipio de Concepción Chiquirichapa del departamento de Quetzaltenango; siendo las diecisiete horas del día veintitrés de mayo de dos mil veinticinco (23/05/2025) Reunidos en el Salón de Honor de la Municipalidad; presidido por el señor Alcalde Municipal: Pedro Sánchez Cortez; Síndicos Municipales I y II: Roberto López Vásquez y David Cabrera Gómez; Concejales del primero al quinto en su orden señores Abel Juárez López, Abel Sales Juárez, Rigoberto Sánchez Cabrera, María Susana Villagrez López, Pedro Cabrera López, y Secretaria Municipal Glendy Aurora Sánchez Ramírez, para dejar constancia de lo siguiente Primero: El señor Alcalde Municipal declara dar por iniciada la sesión Segundo: Se procede con la lectura del acta anterior Tercero ... Vigésimo quinto: El mismo señor Alcalde Municipal le manifiesta al Concejo municipal lo siguiente CONSIDERANDO: Que los artículos 3, 253, 255, 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala. Establecen lo siguiente Derecho de vida, Autonomía Municipal, Recursos económicos del municipio, las corporaciones municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios.- CONSIDERANDO: Que lo preceptuado en los artículos 9, 10, 11, 12 y 13 del código tributario, que consiste en la percepción de los recursos dinerarios de los vecinos del municipio, con el objetivo de cumplir con las competencias propias delegadas y atender las necesidades de la población. CONSIDERANDO: Que los artículos: 9, 35, 99, 100, 101, 102, 108, del Código Municipal establece lo siguiente: Del concejo y gobierno municipal, Atribuciones generales del Concejo Municipal, son atribuciones del Concejo Municipal: a) La iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales; Finanzas Municipales, Ingresos del municipio, Principio de legalidad, Contribución por mejoras, venta, permuta y arrendamiento de bienes del municipio POR TANTO: El Honorable Concejo Municipal en uso de las facultades que le confiere las leyes citadas y considerandos ya expuestos, por UNANIMIDAD ACUERDAN: I) Aprobar el


REGLAMENTO DE PLAN DE TASAS, RENTAS, PRECIOS, FRUTOS, PRODUCTOS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS.

 
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