ACTA MUNICIPAL 38-2025.23
Se acuerda Derogar el Acta número 05-2025.61 y el Acta número 96-2023.36.
ACTA NÚMERO 38-2025
La Infrascrita Secretaria Municipal, del municipio de Concepción Chiquirichapa, del departamento de Quetzaltenango. CERTIFICA: Tener a la vista el libro de "Actas de Sesiones Municipales", en el cual se encuentra el acta número 38-2025; la que copiada literalmente dice:
Acta número treinta y ocho guion dos mil veinticinco (38-2025). Sesión extraordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal del municipio de Concepción Chiquirichapa del departamento de Quetzaltenango; siendo las diecisiete horas del día veinte de mayo de dos mil veinticinco (20/05/2025). Reunidos en el Salón de Honor de la Municipalidad; presidido por el señor Alcalde Municipal Pedro Sánchez Cortez; Síndicos Municipales I y II; Roberto López Vásquez y David Cabrera Gómez; Concejales del primero al quinto en su orden señores: Abel Juárez López, Abel Sales Juárez, Rigoberto Sánchez Cabrera, María Susana Villagrez López, Pedro Cabrera López, y Secretaría Municipal Glendy Aurora Sánchez Ramírez, para dejar constancia de lo siguiente: Primero: El señor Alcalde Municipal declara dar por iniciada la sesión. Segundo: Se procede con la lectura del acta anterior. Tercero: ... Vigésimo tercero: El mismo señor Alcalde Municipal te manifiesta al Concejo municipal lo siguiente, CONSIDERANDO: Que los artículos 3, 253, 255, 261 de la Constitución Política de la Republica de Guatemala, Establecen lo siguiente: Derecho de vida, Autonomía Municipal, Recursos económicos del municipio, las corporaciones municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios.- CONSIDERANDO: Que lo preceptuado en los artículos 9, 10, 11, 12 y 13 del código tributario, que consiste en la percepción de los recursos dinerarios de los vecinos del municipio, con el objetivo de cumplir con las competencias propias, delegadas y atender las necesidades de la población. CONSIDERANDO: Que los artículos: 9, 35, 99, 100, 101, 102, 108, del Código Municipal establece lo siguiente: Del concejo y gobierno municipal. Atribuciones generales del Concejo Municipal, son atribuciones del Concejo Municipal: a) La iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales; Finanzas Municipales, Ingresos del municipio, Principio de legalidad, Contribución por mejoras. Venta, permuta y arrendamiento de bienes del municipio. CONSIDERANDO: Que derivado a las inconformidades recibidas por parte de vecinos del municipio de Concepción Chiquirichapa, por la implementación y actualización de Reglamentos siendo los siguientes: 1.- REGLAMENTO DE PLAN DE TASAS, RENTAS, PRECIOS, FRUTOS, PRODUCTOS, MULTAS Y DEMAS TRIBUTOS, contenido y aprobado según el punto Sexagésimo primero del Acta número cero cinco guión dos mil veinticinco (05-2025) de fecha diecisiete de enero de dos mil veinticinco (17/01/2025), del libro de sesiones municipales. 2.- REGLAMENTO DE PLAN DE TASAS, RENTAS, PRECIOS, FRUTOS, PRODUCTOS MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS - contenido y aprobado según punto Trigésimo sexto del acta numero 96-2023 de fecha veintitrés de noviembre del año dos mil veintitrés (23/11/2023). POR TANTO: Con fundamento en los CONSIDERANDOS y artículos citados el Concejo Municipal por unanimidad ACUERDAN:
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