RESOLUCIÓN CNEE-171-2025
Resuelve la fusión mediante la cual Transportadora de Energía de Centroamérica, Sociedad Anónima -TRECSA- adquirió todos los derechos y obligaciones; activos y pasivos de EEB Ingeniería y Servicios, Sociedad Anónima -EEBIS-.
RESOLUCIÓN CNEE-171 -2025
Guatemala, 13 de mayo de 2025
LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo estipulado en la Ley General de Electricidad -LGE-, Decreto No. 93-96 del Congreso de la República, corresponde a la Comisión Nacional de Energía Eléctrica -CNEE-, entre otras funciones, cumplir y hacer cumplir dicha ley y su reglamento, en materia de su competencia; velar por el cumplimiento de las obligaciones de los adjudicatarios y concesionarios; prevenir conductas atentatorias contra la libre competencia; así como, definir las tarifas de transmisión y distribución sujetas a regulación.
CONSIDERANDO:
Que los artículos 64, 67 y 69 de la LGE establecen que. el uso de las instalaciones de transmisión y transformación, principal y secundario, devengarán el pago de peaje a su propietario y que el peaje en el Sistema Principal y su fórmula de Ajuste Automático será fijado por la Comisión cada dos años, en la primera quincena de enero; y para el cálculo de los mismos, los propietarios de los sistemas de transmisión involucrados y el Administrador del Mercado Mayorista -AMM- informarán a la Comisión, la anualidad de la inversión, los costos de operación y mantenimiento del Sistema de Transmisión Principal y las potencias firmes de las centrales generadoras, acompañando un informe técnico. La anualidad de la inversión será calculada sobre lo base del Valor Nuevo de Reemplazo de las instalaciones, óptimamente dimensionadas.
CONSIDERANDO:
Que el 9 de enero de 2025, la CNEE emitió la Resolución CNEE-16-2025, mediante la cual fijó el Peaje que deben pagar todos los usuarios de las instalaciones del Sistema Principal de Transmisión de Transportadora de Energía de Centroamérica, Sociedad Anónima -TRECSA-. Asimismo, en la misma fecha se emitió la Resolución CNEE-18-2025. mediante la cual se fijó el Peaje que deben pagar todos los usuarios de las instalaciones del Sistema Principal de Transmisión de EEB Ingeniería y Servicios, Sociedad Anónima -EEBIS-. Posteriormente, TRECSA informó a esta Comisión del contrato de Fusión de Sociedades por Absorción suscrito con EEBIS en escritura pública número 14 y autorizado por el notario Francisco Javier Novales Schlesinger, mediante el cual TRECSA absorbió y adquirió para si, todos los derechos y obligaciones; así como todos los activos y pasivos de EEBIS; por lo que, solicitó a la CNEE que procediera a tomar nota de lo anterior para las obras de trasmisión y resoluciones que previamente hayan sido emitidas a favor de EEBIS.
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo constatado mediante el dictamen técnico y jurídico emitidos por esta Comisión, se pudo determinar que es procedente emitir resolución mediante la cual esta Comisión actualice el Valor Máximo del Peaje que deben pagar todos los usuarios de las instalaciones del Sistema Principal de Transmisión de TRECSA, establecido en la Resolución CNEE-16-2025, mediante el traslado del valor de los activos de transmisión contenidos en la Resolución CNEE-18-2025, la cual fijó el Peaje que debían pagar todos los usuarios de las instalaciones del Sistema Principal de Transmisión de EEBIS. Asimismo, es procedente derogar la Resolución CNEE-18-2025. Lo anterior, derivado de la fusión mediante la cual TRECSA absorbió y adquirió para si, todos los derechos y obligaciones; así como los activos y pasivos de EEBIS, quedando esta última, disuelta para todos los efectos legales correspondientes.
POR TANTO:
La Comisión Nacional de Energía Eléctrica con base en lo considerado, artículos citados y en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4 de la Ley General de Electricidad,
RESUELVE:
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