ACUERDO MINISTERIAL  127-2025

Se acuerda emitir la presente convocatoria para participar en el vigésimo curso de capacitación para ascenso a Subinspector de Policía.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 127-2025

Guatemala, 13 de marzo de 2025


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO

Es deber del Estado garantizarles a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona; garantizando y protegiendo la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.


CONSIDERANDO

Que el sistema educativo de la Policía Nacional Civil ha adoptado el modelo educativo de la enseñanza por competencias, que persigue la formación profesional basada en conocimientos, habilidades y actitudes para saber ser, saber conocer, saber hacer y saber convivir en el marco del servicio del policía. En este contexto, el Reglamento del Régimen Educativo de la Policía Nacional Civil, Acuerdo Gubernativo Número 102-2023 del Presidente de la República, tiene como objeto regular la educación policial que permite la profesionalización integral del personal de la Policía Nacional Civil.


CONSIDERANDO:

Que la Academia de la Policía Nacional Civil, es el ente rector de la capacitación de hombres y mujeres como Subinspector de la Policía Nacional Civil, mediante una metodología participativa, con una mística de orden y disciplina para el desempeño eficiente del servicio y protección a la sociedad, con estricta observancia y apego a las leyes vigentes y el respeto a los Derechos Humanos; y para materializar el proceso educativo, es necesario definir un instrumento legal que establezca parámetros y criterios institucionales que permita el cumplimento de la misión educativa policial.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y, con fundamento en los Artículos 27 literales a), f), m) y 36 literal n) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 3, 4, 15 literal o), 32, 37 literal d) inciso ii), 41, 42, 66, 67 literal b) y 86 del Decreto Número 35-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de la Policía Nacional Civil; 1, 2, 3, 4, 7 literal b), 8, 9, 10 literal b), 12, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 literal a), 38 literal b), 39, 43, 44, 45, 78, 84, 85 y 90 del Acuerdo Gubernativo Número 102-2023 del Presidente de la República, Reglamento del Régimen Educativo de la Policía Nacional Civil; 52 Duodecies del Acuerdo Gubernativo Número 97-2009 del Presidente de la República, Reglamento sobre la Organización de la Policía Nacional Civil; 4 y 7 del Acuerdo Gubernativo Número 635-2007 del Presidente de la República, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación.


ACUERDA


Emitir la presente Convocatoria para participar en el VIGÉSIMO CURSO DE
CAPACITACIÓN PARA ASCENSO A SUBINSPECTOR DE POLICÍA.


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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