ACUERDO MINISTERIAL 125-2025
Se acuerda aprobar el documento de Proyecto potenciando la participación de las mujeres en condiciones de igualdad y seguridad para la construcción de la paz, por un monto de $826,739.00, equivalentes a Q.6,448,564.20, según el tipo de cambio del Sistema
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 125-2025
Guatemala, 13 de marzo de 2025
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, faculta a los Ministros de Estado para ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio; así como dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ramo y velar por el estricto cumplimiento de las leyes. Asimismo, que la ley establece la obligación de aprobar las donaciones otorgadas a los organismos del Estado, según sea el caso, mediante Acuerdo Ministerial o Resolución.
CONSIDERANDO
Que el Documento de Proyecto Potenciando la participación de las mujeres en condiciones de igualdad y seguridad para la construcción de la paz, que se ejecutará con la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el empoderamiento de las Mujeres -ONU Mujeres, Oficina del Coordinador Residente de las Naciones Unidas, Fondo de Población de las Naciones Unidas -UNFPA-, Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD- y el Ministerio de Gobernación, tiene como objetivo potenciar las acciones de la Mesa Interinstitucional sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad, MIMPAZ para la participación de las mujeres, en condiciones de igualdad y seguridad, en la prevención de conflictos y la consolidación de la paz e impulsar su liderazgo e incidencia en la implementación de la agenda de mujeres, paz y seguridad (AMPS).
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los Artículos 27 literales a), f), h), i) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 53 y 53 Bis del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto; 52 del Decreto Número 36-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco; 53 y 54 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto; y, 4 y 7 del Acuerdo Gubernativo Número 635-2007 del Presidente de la República, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación.
ACUERDA
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