ACUERDO GUBERNATIVO 20-2025
Se acuerda aprobar la Distribución Analítica de la ampliación al Presupuesto General de ingresos y egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticinco.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 20-2025
EJERCICIO FISCAL 2025
Guatemala, 29 de enero de 2025
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo estipulado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de Guatemala, por medio del Decreto Número 36-2024, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, Artículo 130, establece que se podrá ampliar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos vigente para cubrir el desfinanciamiento identificado en las jubilaciones y pensiones del Régimen de Clases Pasivas Civiles del Estado derivado de la implementación de los Decretos números 17-2024 y 18-2024 ambos del Congreso de la República de Guatemala, que será financiada con recursos de las fuentes de financiamiento que se ubiquen en función a la disponibilidad financiera, facultando al Organismo Ejecutivo para que a través del Ministerio de Finanzas Públicas proponga y gestione para su aprobación por medio de Acuerdo Gubernativo la distribución analítica de la ampliación presupuestaria de ingresos y egresos.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas como administradora de la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, solicita la aprobación de la Distribución Analítica al Presupuesto General de Egresos del Estado por la cantidad de OCHOCIENTOS MILLONES DE QUETZALES (Q800,000,000), financiada con la disminución de saldos de caja de recursos del tesoro, en la categoría programática 99 Partidas No Asignables a Programas, a favor del Régimen de Clases Pasivas Civiles del Estado, para cubrir el destino indicado en el citado Decreto Número 36-2024, Artículo 130. En consecuencia, al tenor de lo establecido en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las autoridades superiores de las Dependencias involucradas, son autorizadores de egresos en cuanto a su presupuesto, por consiguiente, quedan responsables de la Distribución Analítica de la Ampliación Presupuestaria propuesta y de la utilización correcta de los créditos aprobados con el presente Acuerdo Gubernativo; correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas de conformidad a dicho Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO:
Que es procedente autorizar la Distribución Analítica de la Ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobada en el citado Decreto Número 36-2024, Artículo 130; en virtud que, se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 021 del 29 ENE 2025, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 020-2025 del 29 ENE. 2025, del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q) y conforme lo que establece el Decreto del Congreso de la República de Guatemala, Número 36-2024 Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, Artículo 130.
ACUERDA:
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