ACTA MUNICIPAL  20-2024.2

Se acuerda reformar el Reglamento para la administración y funcionamiento de los mercados municipales del municipio de Aguacatán, departamento de Huehuetenango.


ACTA No. 20-2024 PUNTO SEGUNDO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUACATÁN, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, CON REGISTRO M-13-211-2020-L, EN EL CUAL, SE ENCUENTRA EL ACTA 20-2024 EXTRAORDDINARIA, DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE DE 2,024, EL QUE EN SU PUNTO CONDUCENTE, LITERALMENTE DICE: -

Acta No. 20-2024. EXTRAORDINARIA. - SEGUNDO: La Honorable Corporación Municipal en pleno, presidido por la Licenciada Mirza Judith Arreaga Meza, Alcaldesa Municipal de la Municipalidad de Aguacatán, departamento de Huehuetenango: CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos; CONSIDERANDO: Que el artículo 68 del Código Municipal establece en su literal a) que es una competencia propia del municipio la prestación del servicio de mercados, y el artículo 72 establece que es competencia de la municipalidad regular y prestar los servicios públicos municipales; CONSIDERANDO: Que actualmente se cuenta con el Reglamento para la administración y funcionamiento de los mercados municipales del municipio de guacatán, departamento de Huehuetenango, el cual cuenta con un catálogo de artículos que tienen por objeto regular la administración, el uso y arrendamiento de los locales, puestos de piso de plaza, ventas ambulantes o cualquier otro tipo de espacio dentro y fuera de los mercados municipales, terminal de buses y lugares definidos como espacio para el intercambio comercial de productos locales e importados en el Municipio, sin embargo dichos artículos deben responder a la realidad social y económica de la población en general tales como arrendatarios, vendedores, compradores y habitantes del municipio, desarrollando principios de sencillez y simplicidad en los procedimientos para asegurar la solución de los casos concretos que se observan dentro de la práctica en los mercados municipales, en beneficio de toda la población; POR TANTO: El Honorable Concejo Municipal, con base en lo considerado y en uso de las facultades que le confieren los artículos 254, y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y de lo preceptuado en los artículos 35 literal a), e), i) y n); 42, 68 literal a) y 72 del Código Municipal ACUERDA: I) Emitir las siguientes: REFORMAS AL Reglamento para la Administración y Funcionamiento de los Mercados Municipales del Municipio de Aguacatán, Departamento de Huehuetenango,

 
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