RESOLUCIÓN  JM-60-2024

Se acuerda autorizar al Banco de Guatemala para que, a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2024, realice operaciones de inyección de liquidez en quetzales con los bancos del sistema y sociedades financieras, a plazos mayores de un día.


RESOLUCIÓN JM-60-2024

Inserta en el punto cuarto del acta 19-2024, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 29 de mayo de 2024.

PUNTO CUARTO: Propuesta de mecanismo temporal de operaciones de inyección de liquidez en quetzales, a plazos mayores de un día, con los bancos del sistema y sociedades financieras, para el segundo semestre de 2024.

RESOLUCIÓN JM-60-2024. Conocida en el seno de esta junta la propuesta del mecanismo temporal de operaciones de inyección de liquidez en quetzales, a plazos mayores de un día, con los bancos del sistema y sociedades financieras, para el segundo semestre de 2024.


LA JUNTA MONETARIA

CONSIDERANDO: Que por medio de resolución JM-148-2023, del 20 de diciembre de 2023, autorizó al Banco de Guatemala para que, a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2024, realizara operaciones de inyección de liquidez en quetzales con los bancos del sistema y sociedades financieras, a plazos mayores de un día; al respecto, los departamentos técnicos del Banco de Guatemala indicaron que mediante dicho mecanismo, en el período del 1 de enero al 28 de mayo de 2024 se realizaron operaciones por Q7,633.4 millones, de los cuales Q2.413.1 millones fueron al plazo de 7 días y Q5,220.3 millones al plazo de 14 días; CONSIDERANDO: Que persisten los riesgos asociados a la disminución de liquidez en el sistema bancario nacional que podría ocasionar presión al alza en las tasas de interés de negociación de los reportos interbancarios y, en consecuencia, desviarlas de la tasa de interés líder de política monetaria; CONSIDERANDO: Que para disminuir la eventual presión en el mercado y mejorar el manejo de la liquidez de las instituciones bancarias y sociedades financieras, los departamentos técnicos propusieron al Comité de Ejecución del Banco de Guatemala recomendar a esta junta que autorice que el mecanismo temporal de inyección de liquidez en quetzales a plazos mayores de un día continúe vigente durante el segundo semestre de 2024, así como facultar al referido Comité para que determine las condiciones financieras de estas operaciones, tales como plazo, tasa de interés y garantías; CONSIDERANDO: Que el aludido Comité de Ejecución, en sesión celebrada el 23 de mayo de 2024, luego de analizar la propuesta de los departamentos técnicos acordó recomendar a esta junta que se autorice el citado mecanismo en la forma propuesta; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala, la Junta Monetaria tendrá a su cargo la determinación de la política monetaria, cambiaria y crediticia del país y velará por la liquidez y solvencia del sistema bancario nacional, asegurando la estabilidad y el fortalecimiento del ahorro nacional, por lo que se estima procedente que esta junta autorice al Banco de Guatemala continuar con el mecanismo temporal de inyección de liquidez en quetzales a plazos mayores de un día, toda vez que su propósito sería el de dotar temporalmente de liquidez en moneda nacional a los bancos del sistema y sociedades financieras, con el objetivo de mantener la estabilidad en los mercados, sin contraponerse al objetivo fundamental del Banco de Guatemala, de promover la estabilidad en el nivel general de precios,


POR TANTO:

Con base en lo considerado, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 26, incisos a y b, de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, y tomando en cuenta la recomendación del Comité de Ejecución,


RESUELVE:

 
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