ACUERDO GUBERNATIVO 80-2024
Se acuerda aceptar y formalizar a favor del Estado de Guatemala, la donación que hace la Municipalidad de San Marcos, Departamento de San Marcos de una fracción de terreno a favor de la Contraloría General de Cuentas.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 80-2024
Guatemala, 21 de mayo de 2024
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas a través del Expediente Número 2023-56585, opinó procedente que se acepte y formalice la donación a título gratuito bajo condición otorgada por la Municipalidad de San Marcos, Departamento de San Marcos, a favor del Estado de Guatemala, para adscribir a la Contraloría General de Cuentas, de una fracción de terreno de 1,786.91 metros cuadrados a desmembrarse de la finca urbana inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 2754, folio 254 del libro 46E de San Marcos, ubicada en Avenida Simón Bolívar 12C-58 zona 1, Municipio de San Marcos, Departamento de San Marcos, para que se construya el edificio de la sede departamental de la Contraloría General de Cuentas, habiéndose agotado el procedimiento administrativo respectivo; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de interés del Estado y, como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los Artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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