ACTA MUNICIPAL  18-2024.3

Reglamento para el transporte colectivo de buses, microbuses,-pick-ups fleteros, taxis, moto-taxis y otros vehículos de cuatro ruedas que funcionen en el Municipio de Santa Apolonia, Departamento de Chimaltenango.


ACTA NÚMERO 18-2024, PUNTO TERCERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DEL MUNICIPIO DE SANTA APOLONIA, DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO, CERTIFICA: Tener a la vista el libro de Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal, en el cual se encuentra el Acta de Sesión Ordinaria Número Dieciocho guión dos mil veinticuatro (18-2024), celebrada por el Concejo Municipal del Municipio de Santa Apolonia, del Departamento de Chimaltenango, el día diez de abril del año dos mil veinticuatro, en la cual aparece el punto TERCERO, que copiado literalmente dice:

TERCERO: El Honorable Concejo Municipal del municipio de Santa Apolonia, del Departamento de Chimaltenango que sesionando se encuentra, entró a conocer la información referente a:

REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE COLECTIVO DE BUSES, MICROBUSES, PICK-UPS
FLETEROS, TAXIS, MOTO-TAXIS Y OTROS VEHICULOS DE CUATRO RUEDAS QUE FUNCIONEN EN
EL MUNICIPIO DE SANTA APOLONIA, DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

El Concejo Municipal del Municipio de Santa Apolonia, del Departamento de Chimaltenango

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3 del Código Municipal establece que el ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al Municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 del Código Municipal literales a), e), i), contemplan que son atribuciones del Concejo Municipal la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales, evaluación de los servicios públicos municipales, la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Municipal en los artículos 3, 33, 34, 35 en su literal i) en la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales, y el artículo 68 literal c) en lo que corresponde a la regulación del transporte de pasajeros y carga, y sus terminales locales; al resolver por unanimidad de votos;

ACUERDA:

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE COLECTIVO DE BUSES, MICROBUSES, PICK-UPS
FLETEROS, TAXIS, MOTO-TAXIS Y OTROS VEHICULOS DE CUATRO RUEDAS QUE FUNCIONEN EN
EL MUNICIPIO DE SANTA APOLONIA, DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.


I. DISPOSICIONES GENERALES.

 
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