ACTA MUNICIPAL 075-2023.6
Reglamento de transporte unificado del Municipio de Sanarate, Departamento de El Progreso.
ACTA No. 075-2023 PUNTO SEXTO
DE FECHA 27 DE OCTUBRE 2023
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 68 del Código Municipal establece en su literal c) que es una competencia propia del municipio la regulación del transporte de pasajeros y carga y sus terminales locales.
CONSIDERANDO:
Que, para garantizara los vecinos del Municipio de Sanarate, una eficiente prestación del servicio de transporte de pasajeros y de carga, así como de sus terminales, es indispensable contar con un reglamento de prestación de dicho servicio.
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 253, 254, 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 5, 9, 35 incisos a), b), d), i) y z), 67, 68 inciso d), 72, 142 inciso a) del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, 31,32 de la Ley de Tránsito.
ACUERDA
EMITIR.
EL REGLAMENTO DE TRANSPORTE UNIFICADO DEL MUNICIPIO DE SANARATE,
DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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