ACUERDO  A-022-2023

Se acuerda aprobar el "Programa Municipio Fiscalizado, un compromiso por la prevención y confianza ciudadana".


ACUERDO NÚMERO A-022-2023


EL CONTRALOR GENERAL DE CUENTAS


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, asigna a la Contraloría General de Cuentas la función fiscalizadora de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendario de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba, administre, invierta fondos del Estado o que haga colectas públicas.


CONSIDERANDO:

Que la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas y sus reformas, Decreto Número 31-2002 del Congreso de la República, Artículo 13 literal l) faculta de manera expresa a la máxima autoridad de la Contraloría General de Cuentas a emitir los acuerdos internos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la institución.


CONSIDERANDO:

Que la Contraloría General de Cuentas brinda alta importancia a los municipios por la cercanía y relación con el ciudadano, donde se concreta mediante la atención, coberturas y suministro de bienes públicos, coincidiendo en las prioridades para aumentar el desarrollo humano, el empoderamiento de la capacidad del poder local y la participación ciudadana, que hagan eficiente el cumplimiento de la función pública municipal.


POR TANTO:

De conformidad a lo que establece el artículo 232 de la Constitución Política de la República de Guatemala y, lo preceptuado en los artículos 1, 2, 3 literal a), b) y h), 4 literal a), d), n), 7 y 13 literal g) del Decreto 31-2002 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas y sus reformas.


ACUERDA:

 
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