ACTA MUNICIPAL  99-2022.17

Reglamento municipal de uso y administración de los cementerios municipales número uno y dos del Municipio de Rabinal, Departamento de Baja Verapaz.


ACTA NÚMERO 99-2022 PUNTO DÉCIMO SÉPTIMO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE RABINAL, BAJA VERAPAZ. DOY FE Y CERTIFICO: Que para el efecto se tiene a la vista el libro de Actas del Honorable Concejo Municipal, debidamente autorizado por la Contraloría General de Cuentas, en el que se encuentra el punto DÉCIMO SÉPTIMO del ACTA DE SESIÓN ORDINARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL NÚMERO noventa y nueve GUION DOS MIL veintidós (99-2022), suscrito el seis de diciembre del año dos mil veintidós, el que, copiado literalmente en la parte conducente, establece:

DÉCIMO SÉPTIMO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE RABINAL, DEPARTAMENTO DE BAJA VERAPAZ.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece la autonomía municipal, lo que garantiza al municipio obtener disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que el gobierno del municipio corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, de conformidad con lo que establece el artículo 33, 34, y 35 inciso i) Decreto 12-2002 del Código Municipal del Congreso de la República; y que, por ello, es su atribución el establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su prestación, teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los intereses públicos.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 68 del inciso a) Decreto 12-2002, Código Municipal del Congreso de la República, establece como competencia propia del municipio, la administración de cementerios; y que, de conformidad con el Código de Salud, Decreto No. 90-97 y el Reglamento de Cementerios y tratamiento de Cadáveres Acuerdo, Gubernativo. No. M.S.P. Y A.S. 21-71, la administración y vigilancia de los cementerios de uso Públicos en los municipios del interior de la República de Guatemala, la ejercerán las municipalidades respectivas.


CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Gubernativo Número 112-2015 del Ministerio de Gobernación, mediante el cual acordó el tarifario de los servicios que presta la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional, en su artículo 12 al establecer las publicaciones sin costos. Así como cualquier otra publicación que sea estrictamente de interés del Estado a juicio de la autoridad que lo emite, lo que hará constar en el propio documento, se realizara sin costo alguno, dentro de un plazo máximo de dos meses contados a partir de la fecha de emisión.


CONSIDERANDO:

Que el Convenido de Cooperación Interinstitucional suscrito entre la Asociación Nacional de Municipalidades de la República de Guatemala -ANAM-, y el Ministerio de Gobernación, Por medio de la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional, de fecha 18 de marzo del año 2021, convienen en la cláusula Quinta del convenio aludido, que la Dirección General se compromete a publicar de manera exonerada en la parte legal del Diario de Centro América, los acuerdos y reglamentos emanados por las municipalidades, las publicaciones que contengan disposiciones de carácter general y que sean estrictamente de intereses del estado lo que se harán constar en el propio documento, con el ánimo de cooperar en el sector municipal los reglamentos serán exonerado; en tal sentido el reglamento de cementerios número uno y dos de Rabinal.


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 5, 9, 33, 35 inciso i, 68 y 72 del Código Municipal; Artículo 112, 113, 114, 115, 116 y117 del Código de Salud, Decreto No. 90-97; artículos 29, 31, 35, 39, 40 y 42 del Reglamento de Cementerios y Tratamiento de Cadáveres, Acuerdo Gubernativo No. M. S. P. Y A.S. 21-71.


ACUERDA:

Emitir y aprobar el: REGLAMENTO MUNICIPAL DE USO Y ADMINISTRACIÓN DE LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES NÚMERO UNO Y DOS DEL MUNICIPIO DE RABINAL, DEPARTAMENTO DE BAJA VERAPAZ.


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES:

 
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