ACUERDO GUBERNATIVO  327-2022

Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos del Comité Nacional de Alfabetización -CONALFA-, para el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año Dos Mil Veintitrés.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 327-2022

Guatemala, 14 de diciembre de 2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.

CONSIDERANDO

Que el Comité Nacional de Alfabetización -Conalfa-, con base en lo que establece el Decreto Número 43-86 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Alfabetización, Artículo 8, literal d), emitió el punto TERCERO del Acta Número 011-2022 de fecha 14 de julio de 2022, por medio de la cual aprobó el Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida entidad para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintitrés, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.

CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 107-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades del Comité Nacional de Alfabetización -Conalfa-, son responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintitrés; correspondiendo la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.

CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el Dictamen Número 462 de fecha 02 DIC 2022, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 406 - 2022 de fecha 08 DIC. 2022. del Ministerio de Finanzas Públicas.

POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40; y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada ley, Artículo 43.

ACUERDA

 
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