ACUERDO GUBERNATIVO 358-2022
Se acuerda aprobar la ampliación al presupuesto de ingresos y egresos de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala -CHN- para el ejercicio fiscal dos mil veintidós.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 358-2022
Guatemala, 21 de diciembre 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada Ejercicio Fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada ley, Artículo 44; establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las entidades descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala -CHN-, solicita autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el presente Ejercicio Fiscal, con recursos provenientes de Ingresos de Operación con fuente de financiamiento 31 Ingresos propios, con el propósito de contar con las asignaciones para continuar con el giro normal del negocio de la referida Entidad. En tal sentido, al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, en los artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación presupuestaria no obliga a la realización del gasto y las autoridades de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala -CHN-, serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen Número 514 de fecha 14 de diciembre de 2022, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 444-2022 de fecha 15 de diciembre de 2022, del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q); con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 Reglamento de la citada ley, Artículo 44.
ACUERDA
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