ACUERDO MUNICIPAL  48-2022-CM.18

Reglamento de construcción del Municipio de Los Amates, Departamento de Izabal.


ACUERDO MÚNICIPAL NÚMERO 48-2022

ACUERDO MUNICIPAL, NÚMERO 48-2022, DE SESIÓN ORDINARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL, DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS AMATES, DEPARTAMENTO DE IZABAL.

Guatemala, 01 de diciembre del año 2022.

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS AMATES, DEPARTAMENTO DE IZABAL, CETIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el libro de Actas de Sesiones Ordinarias, autorizada por la Contraloría General de Cuentas, con número de registro RHM-Q18-073, en el cual se encuentra asentada el Acta 48-2022-CM correspondiente a la Sesión Ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal, con fecha uno de diciembre del año dos mil veintidós, en la que copiado el punto Décimo octavo. El Honorable Concejo Municipal.


CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal, establece que en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. Para el cumplimiento de los fines que le son inherentes coordinará sus políticas con las políticas generales del Estado y en su caso, con la política especial del ramo al que corresponda. Ninguna ley o disposición legal podrá contrariar, disminuir o tergiversar la autonomía municipal establecida en la Constitución Política de la República.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 68 inciso m) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio la autorización de licencias de construcción, modificación y demolición de obras, públicas o privadas, en la circunscripción del municipio y que, en el municipio de Los Amates, departamento de Izabal, es necesario actualizar la normativa que regula el procedimiento que sigue la Municipalidad y los requisitos que deben cumplir los interesados para obtener las licencias de construcción.


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y artículos 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 68 inciso m), 142 al 171 del Código Municipal, Decreto 12-2002 y sus reformas del Congreso de la República de Guatemala, el Concejo Municipal por unanimidad de votos.


ACUERDA:

I) Aprobar y emitir el siguiente:


REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN DEL MUNICIPIO DE LOS AMATES, DEPARTAMENTO DE IZABAL.


TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y DE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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