ACTA MUNICIPAL 74-2022.1
Reglamento de adjudicación de bienes inmuebles municipales del Municipio de Santa Cruz del Quiché, Departamento de Quiché.
ACTA NÚMERO 74-2022 PUNTO PRIMERO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DEL QUICHE, DEPARTAMENTO DE QUICHE, CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el Libro de hojas móviles designados para ACTAS DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, el cual se lleva en este despacho, en el que se encuentra el PUNTO PRIMERO DEL ACTA NUMERO SETENTA Y CUATRO GUION DOS MIL VEINTIDOS (74-2022), de la sesión pública extraordinaria celebrada por el Concejo Municipal el veintiuno de Junio del año dos mil veintidós en el edificio municipal, el que copiado literalmente dice:
PRIMERO: El señor Alcalde Municipal, quien preside la sesión extraordinaria del Concejo de la Municipalidad de Santa Cruz del Quiché departamento de El Quiché, da la bienvenida a los honorables miembros del Concejo Municipal en pleno de este municipio, indicando los puntos que se tratarán en esta reunión, para el efecto se indica a los miembros del concejo que el Acta número 82-2021 de fecha 13 de septiembre de 2021, se discutió el tema relacionado con los terrenos que son propiedad de la Municipalidad, y que se encuentran inscritos en el Segundo Registro de la Propiedad con sede en la ciudad de Quetzaltenango, en virtud de que se ha establecido que los vecinos que ocupan los terrenos Municipales han hecho gestiones ante la Municipalidad para que se les adjudique. En el documento descrito, se establecieron lineamientos a seguir y requisitos que se deben cumplir, sin embargo, es imperativo ampliar dichos requisitos y modificar algunos de los mismos para agilizar, ordenar y legitimar el procedimiento administrativo que será de cumplimiento obligatorio y general para la población que se encuentre ante la necesidad pedir la adjudicación de sus bienes inmuebles. Enfatiza el Alcalde Municipal a los señores miembros del Concejo Municipal que el Estado de la República de Guatemala otorgó a la municipalidad de Santa Cruz del Quiché departamento del Quiché una extensión territorial de DOSCIENTOS CINCUENTA CABALLERIAS Y DOSCIENTAS VEINTISÉIS CUERDAS mismo que se encuentra inscrito en el Segundo Registro de la Propiedad al número MIL CIENTO OCHENTA Y TRES, FOLIO CIENTO CUARENTA Y SEIS DEL LIBRO SIETE del departamento de Quiché. Que los habitantes del Municipio de Santa Cruz del Quiché, históricamente han venido poseyendo los terrenos en donde viven, sin embargo, muchos no cuentan con los documentos que acredite la propiedad debidamente inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad, salvo algunas personas que ya han registrado sus bienes inmuebles en años anteriores, por lo que los vecinos únicamente cuentan con documentos que acreditan la forma en que han obtenido y poseído dichos terrenos. SEGUNDO: El señor Alcalde Municipal, hace conciencia a los miembros del Concejo Municipal y les indica que es necesario que la Municipalidad, beneficie a sus vecinos, tal y como lo regula la Constitución Política de la República de Guatemala, que establece que el fin supremo del Estado y por ende de las Municipalidades, es el bien común de sus habitantes, ante lo cual propone al concejo que se establezcan los mecanismos legales para adjudicar y desmembrar las fracciones de terrenos que los vecinos de este municipio tienen en posesión y que se encuentren ubicados en área Municipal, para que de esta manera puedan legalizar sus propiedades y cuenten con el título legal de los inmuebles que actualmente únicamente tienen en calidad de posesión. TERCERO: Los miembros del Concejo Municipal deliberan y llegan a la conclusión que es su deber como funcionarios públicos y en ejercicio del gobierno municipal, otorgarle a la población el derecho de ser propietarios de sus bienes inmuebles que han tenido en posesión por varios años y que puedan registrarlos en el Segundo Registro de la Propiedad con sede en la ciudad de Quetzaltenango mediante la adjudicación a título oneroso que esta Municipalidad haga a su favor. CUARTO: EL CONCEJO MUNICIPAL EN PLENO, luego de haberle dado lectura íntegramente a la propuesta del REGLAMENTO DE ADJUDICACION DE BIENES INMUEBLES MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DEL QUICHE, DEL DEPARTAMENTO DEL QUICHE el cual será de beneficio para toda la población, procede a deliberar, discutir, conocer y resolver,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo que regulan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, así como también el Artículo 3 del Código Municipal, las Municipalidades son instituciones autónomas y pueden obtener y disponer de sus recursos; atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; así como ejercer su gobierno por medio del Concejo municipal;
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Titulación Supletoria establece en su artículo 13 que incurrirá en delito quien pretenda mediante diligencias de Titulación Supletoria titular un inmueble cuya titulación este prohibida por la ley o que ya esté inscrito en el Registro de la propiedad, .
CONSIDERANDO:
Que los Artículos 9, 35 incisos i, u del Código Municipal, regulan que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y decisión de los asuntos municipales; les compete la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales, así como también adjudicar la contratación de bienes sean estos muebles o inmuebles.
CONSIDERANDO
Que es competencia del gobierno municipal: El establecimiento planificación reglamentación, programación, control, evaluación de los servicios públicos municipales tal como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su prestación teniendo en cuenta la preminencia de los intereses públicos, la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales sean estos de uso común o no la de tasas por servicio administrativo y tasas por servicios públicos locales, con la finalidad de contar con el recurso financiero para fortalecer las finanzas municipales para poder cumplir con las metas trazadas.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado y para efecto preceptúe los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala 3, 8,11, 33, 35, 68, 72,100, y 101 del Código Municipal, el Consejo Municipal por unanimidad:
ACUERDA:
Aprobar el presente reglamento:
REGLAMENTO DE ADJUDICACIÓN DE BIENES INMUEBLES MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DEL QUICHE, DEPARTAMENTO DE QUICHÉ.
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