ACUERDO COM-33-2022
Se acuerda condonar el 50% de las multas de tránsito, el 100% de los intereses por mora, el 50% de multas administrativas y el 90% en concepto de tasa por depósito de vehículos.
ACUERDO No. COM-33-2022
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala reconoce la autonomía de los municipios del país; y que conforme el Código Municipal, el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales, siendo el responsable del ejercicio de la autonomía municipal.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 105 del Código Municipal, se encuentra legitimada para eximir de pago arbitrios o tasas, así como condonar o rebajar multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República; 3, 9, 33, 35 y 42 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas.
ACUERDA:
Emitir el siguiente acuerdo que establece:
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