ACUERDO GUBERNATIVO 299-2022
Se acuerda aprobar la ampliación del Presupuesto de ingresos y egresos de la empresa Ferrocarriles de Guatemala -FEGUA-, correspondiente al ejercicio fiscal 2022.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 299-2022
Guatemala, 30 de noviembre de 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se amplíe o disminuya el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que la Empresa Ferrocarriles de Guatemala -Fegua-, solicitó autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022, en la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUETZALES (Q488,000), aprobada por el Acuerdo de Intervención Número 060-2022 de fecha 24 de octubre de 2022, para incorporar ingresos propios destinados a financiar la contratación para los meses de noviembre y diciembre del presente año, de 31 contratos de servicios técnicos y profesionales con cargo al renglón de gasto 029 Otras remuneraciones de personal temporal, para las actividades culturales del Tren Histórico; así como, cubrir el pago del aporte a la Contraloría General de Cuentas derivado de la presente ampliación.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades de la Empresa Ferrocarriles de Guatemala -Fegua- serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 418 de fecha 17 NOV 2022, de la dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 357-2022 de fecha 22 NOV. 2022, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales c) y q); con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y, lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44.
ACUERDA
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