ACUERDO MINISTERIAL 324-2022
Se acuerda reformar el artículo 2 literal c) numeral 1 del Instructivo para la Emisión de la Constancia de Buenas Prácticas Laborales de forma electrónica denominada "Constancia BPL", Acuerdo Ministerial Número 64-2021.
*Derogado en su totalidad por el artículo 5 del Acuerdo Ministerial 104-2023
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 324-2022
Guatemala, 12 de agosto de 2022
EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala cada Ministerio estará a cargo de un Ministro de Estado, quien tendrá las funciones de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio; así como dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con el mismo. Adicionalmente, señala que el Derecho al trabajo es un derecho de la persona y una obligación social, el cual se organiza conforme los principios de justicia social.
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo Ministerial número 64-2021 se emitió el Instructivo para la emisión de la Constancia de Buenas Prácticas Laborales de forma electrónica denominada "CONSTANCIA BPL" creando la plataforma electrónica correspondiente con la finalidad de establecer el procedimiento de emisión de la Constancia de Buenas Prácticas Laborales dando así cumplimiento a la normativa laboral vigente por parte de los empleadores en cada centro de trabajo.
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo Gubernativo número 179-2022, Reglamento sobre las Medidas de Prevención para Mitigar el Contagio del SARS COV-2 en los Centros de Trabajo, señala la responsabilidad de los patronos de contar con planes obligatorios en los centros de trabajo, ya sea un Plan de Prevención de Riesgos Laborales o un Plan de Salud y Seguridad Ocupacional, según corresponda, debiendo incluir el riesgo biológico que constituye el COVID-19 e incorporar la estrategia para la prevención y control de este, en tal sentido, se requiere la actualización del Instructivo para la emisión de la Constancia de Buenas Prácticas Laborales de forma electrónica denominada "CONSTANCIA BPL".
POR TANTO
En base a lo considerando y con fundamento en los artículos 2, 101 y 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 23, 27 literales a), f) y m) y 40 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 7 del Reglamento sobre las Medidas de Prevención para Mitigar el Contagio del SARS COV-2 en los Centros de Trabajo, Acuerdo Gubernativo Número 179-2022 de fecha 18 de julio de 2022.
ACUERDA
Emitir la normativa siguiente,
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