ACTA MUNICIPAL 27-2022.7
Reglamento para el cobro del arbitrio a personas individuales y jurídicas que distribuyen señal vía satélite y su distribución por cable e internet en el Municipio de Santiago Atitlán, Departamento de Sololá.
ACTA NÚMERO 27-2022 PUNTO SÉPTIMO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO ATITLÁN, DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ
CERTIFICA:
QUE PARA EL EFECTO TUVO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, QUE SE LLEVA EN ESTA SECRETARÍA MUNICIPAL, AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, EN EL QUE APARECE EL PUNTO SÉPTIMO DEL ACTA NUMERO 27-2022 DE SESION ORDINARIA DE FECHA SEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS EN EL QUE COPIADO EN FORMA LITERAL SE LEE.
SÉPTIMO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO ATITLÁN, DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ; CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio y le compete la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales, pudiendo emitir para el efecto los acuerdos, ordenanzas o resoluciones que correspondan y que sean necesarias para regular el ordenamiento territorial del municipio. CONSIDERANDO: Que la infraestructura instalada en la vía pública del municipio de Santiago Atitlán, Sololá por las empresas individuales y jurídicas para prestar los servicios telefonía, Internet, por cable o fibra óptica y comunicación a los vecinos, no se habían tomado en cuenta para formar parte del ingreso propio municipal. CONSIDERANDO: Que las Municipalidades están obligadas a la formulación de reglamentos reguladores para el control del ordenamiento de su territorio, tanto en las áreas públicas como privadas; para el presente caso la regulación de la instalación de postes y cobro por el servicio de cable e Internet por cable o fibra óptica brindado a terceras personas. POR TANTO: Con base en lo anterior considerado y establecido en los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 9, 33, 34, 35, 42 y 100 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 y sus Reformas, 10 del Código Tributario, Decreto número 6-91, 7 de la Ley Reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por cable, Decreto número 41-92, todos del Congreso de la República de Guatemala. ACUERDA: Emitir el Siguiente
REGLAMENTO PARA EL COBRO DEL
ARBITRIO A PERSONAS INDIVIDUALES Y JURIDICAS QUE DISTRIBUYEN
SEÑAL VIA SATELITE Y SU
DISTRIBUCIÓN POR CABLE E INTERNET EN EL
MUNICIPIO DE SANTIAGO ATITLÁN, DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ.
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