ACTA MUNICIPAL  075-2022.12

Reglamento para el cobro de tasa municipal por hospedajes para incentivar actividades culturales, de arte y de recreación para el turismo en el Municipio de Antigua Guatemala.


ACTA NÚMERO 075-2022
PUNTO DÉCIMO SEGUNDO

El Infrascrito Secretario Municipal de la Municipalidad de Antigua Guatemala, departamento de Sacatepéquez.


CERTIFICA

Haber tenido a la vista el libro de Actas del Concejo Municipal en el cual aparece el acta de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Concejo Municipal número cero setenta y cinco guion dos mil veintidós (075-2022) de fecha siete de julio del año dos mil veintidós, punto décimo segundo. Que, en su parte conducente, textualmente dice:-

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA ANTIGUA, GUATEMALA, SACATEPEQUEZ.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 253 de La Constitución Política de La República de Guatemala y su artículo 58 literal d) del Código Municipal, Decreto Número 12-2002, del Congreso de la República, los municipios son instituciones autónomas, a los que entre otras atribuciones les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios,


CONSIDERANDO:

Les corresponde a los municipios regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y. por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.


CONSIDERANDO

Que, para fomentar el turismo en el Municipio de la Antigua Guatemala, se requiere impulsar actividades culturales, de arte y de recreación y con ello provocar el incremento de visitantes, debiéndose contar con los recursos necesarios que permitan su implementación.


POR TANTO:

Con base en lo considerado, y en el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 239, 253, 255 260 de la Constitución Política de La República de Guatemala; 3, 6, 7, 9, 33, 35 literales a), e í), 40, 42, 67, 72, 73, 100 literal e) del Decreto 12-2002 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de La República de Guatemala.


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO PARA EL COBRO DE TASA MUNICIPAL POR HOSPEDAJES PARA INCENTIVAR ACTIVIDADES CULTURALES. DE ARTE Y DE RECREACIÓN PARA EL TURISMO EN EL MUNICIPIO DE ANTIGUA GUATEMALA

 
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